Proyecto del Senado (PS1566)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:10/16/2026
Título:Para enmendar el apartado (b) del inciso 3 del Artículo 6 y el apartado (d) del inciso 9 del Artículo 7 de la Ley 430-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico”, a los fines de establecer una vigencia de cinco (5) años para la licencia de navegación; requerir, como condición para su renovación, un curso de educación continua de no menos de tres (3) horas aprobado y certificado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; promover la actualización de los operadores sobre cambios legales, reglamentarios, cartas náuticas, avisos a navegantes, zonas restringidas, seguridad marítima y protección de vida marina; establecer un periodo de transición; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 10/16/2026

    pdfps1566-26.pdf

  • Aparece en Primera Lectura del Senado

    Fecha: 10/19/2026

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 10/19/2026

    Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano

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