Proyecto del Senado (PS1602)

Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:10/26/2026
Título:Para enmendar el Artículo 4.011 del Capítulo II del Libro IV de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a fin de que conste uniformemente en todos los inventarios de propiedades declaradas como estorbo público en los municipios: la dirección física de la propiedad; el municipio, barrio o sector donde ubica la propiedad; el estatus del procedimiento administrativo o judicial de la propiedad; la fecha cuando la propiedad fue declarada estorbo público; la fecha de adquisición de la propiedad por el municipio, cuando aplique; la disponibilidad de la propiedad para adquisición o rehabilitación; el uso permitido conforme a la legislación y reglamentación aplicable; y fotografías recientes de la propiedad; ordenar que los inventarios municipales sean uniformes en sus filtros de búsqueda y actualizados en un término de treinta (30) días, contados a partir de su última actualización; establecer que los inventarios estarán disponibles gratuitamente y de forma permanente, tanto en las Casas Alcaldías como en la plataforma oficial digital o red social de alto alcance de los municipios; instruir la remisión de un informe periódico cada tres (3) meses, en el cual se dispondrá el manejo de las propiedades declaradas como estorbo público a los Alcaldes, quienes publicarán dicha información en la plataforma digital; establecer salvaguardas sobre la información publicada; encomendar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto la adopción de un formato uniforme; disponer la reglamentación municipal necesaria y un período de implantación; y para otros fines relacionados.
  • Radicado

    Fecha: 10/26/2026

    pdfps1602-26.pdf

  • Aparece en Primera Lectura del Senado

    Fecha: 10/29/2026

  • Referido a Comisión(es)

    Fecha: 10/29/2026

    Comisión de Asuntos Municipales

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