Proyecto de la Cámara (PC1560)
Cuatrienio:2025-2028Fecha de Radicación:11/02/2026
Título:Para enmendar los incisos (b), (c) y inciso (l) del Artículo 17 de la Ley 183-2001, según enmendada, conocida como “Ley de Servidumbre de Conservación de Puerto Rico” y el inciso (a) de la Sección 1051.12 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”a los fines de elevar el tope máximo de créditos por año fiscal de quince millones ($15,000,000) a cincuenta millones ($50,000,000) por la constitución de una servidumbre de conservación elegible o la donación de un terreno elegible conforme a la Ley 183-2001; limitar el uso de dicho crédito contributivo hasta un cincuenta por ciento (50%) de la responsabilidad contributiva del contribuyente en cada año contributivo y disponer el arrastre de cualquier porción no utilizada; y para otros fines relacionados.
Para la Naturaleza
Radicado
Fecha: 11/02/2026
Aparece en Primera Lectura de la Cámara
Fecha: 11/05/2026
Referido a Comisión(es)
Fecha: 11/05/2026
Comisión de Hacienda