Radicada08/18/2021
Autor(es): Thomas Rivera Schatz, Miembros PNP
Título: Para enmendar las Secciones 1020.07, 2071.01, 3000.01 y 3050.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las actividades elegibles de las empresas dedicadas a la Infraestructura y a la Energía Verde que pueden solicitar la Concesión de Incentivos; y restituir el límite de créditos contributivos disponibles para proyectos fílmicos.
Radicada08/26/2021
Autor(es): Juan Zaragoza Gómez
Co-Autor(es): Marially González Huertas, Ramón Ruiz Nieves, José A. Vargas Vidot, Elizabeth Rosa Vélez, Rubén Soto Rivera, Migdalia González Arroyo
Título: Para establecer la “Ley de Salario Mínimo de los Empleados Públicos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de establecer un nuevo salario mínimo base de diez dólares con cincuenta centavos la hora ($10.50/hr), de manera escalonada sujeto a lo establecido en esta Ley; enmendar las Secciones 2.02 y 3.01 de la Ley 47-2021, conocida como “Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico”, a los fines de atemperarla a las disposiciones de esta; y para otros fines relacionados.
Radicada08/30/2021
Autor(es): Ramón Ruiz Nieves, Gregorio Matías Rosario, Henry Neumann Zayas, José A. Vargas Vidot, William Villafañe Ramos, Ana Irma Rivera Lassén, Elizabeth Rosa Vélez
Co-Autor(es): Migdalia González Arroyo, Keren L. Riquelme Cabrera
Título: Para enmendar las secciones 3 y 5 de la Ley 181-2019, conocida como “Ley de Ajuste Salarial para los miembros del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico”; a los fines de ajustar el aumento de salario concedido a la cantidad de doscientos cincuenta dólares ($250.00) mensuales a los miembros del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, civiles y oficiales; y para otros fines relacionados.
Radicada08/31/2021
Autor(es): Ada García Montes, Rafael Bernabe Riefkohl, Juan Zaragoza Gómez
Co-Autor(es): Migdalia González Arroyo, Elizabeth Rosa Vélez, Ana Irma Rivera Lassén
Título: Para añadir un subinciso (vi) al inciso (d) del Artículo 11, y enmendar el Artículo 31 de la Ley Núm. 66 del 17 de junio de 2014, según enmendada, conocida como “Ley Especial de Sostenibilidad Fiscal y Operacional del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2.08 de la Ley Núm. 26 del 29 de abril de 2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”; ordenar al Departamento de Educación y a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a identificar la cantidad de cuatro millones trescientos sesenta y siete mil setecientos treinta y seis dólares ($4,367,736), en el presupuesto de la agencia, para cubrir en o antes de que culmine el Año Fiscal 2022-2023 los pagos adeudados correspondientes al periodo que precede al Año Fiscal 2014-2015 conforme a la Ley Núm. 158 del 18 de julio de 1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Carrera Magisterial”; ordenar al Departamento de Educación y a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a realizar los ajustes salariales y a identificar la cantidad de dinero adeudado correspondiente a dichos ajustes desde el Año Fiscal 2014-2015 en adelante conforme a la aplicación de la Ley 158-1999, supra, con el fin de incluir la partida en el presupuesto del Departamento de Educación en o antes de que culmine el Año Fiscal 2023-2024; ordenar al Departamento de Educación, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico a que realicen la identificación de los fondos recurrentes necesarios para la reactivación del cumplimiento con la Ley 158-1999, supra; con el fin de lograr la reactivación y el cumplimiento con la Ley 158-1999, supra, luego de las paralizaciones provocadas por la Ley 66-2014, supra, y por la Ley 26-2017, supra, en el proceso de cumplir con los Planes de Mejoramiento Profesional, las Clasificaciones y los Niveles Magisteriales de maestros(as) que se acogieron a la Ley de la Carrera Magisterial; y para otros fines relacionados.
Radicada09/02/2021
Autor(es): Gretchen M. Hau
Título: Para enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley 299-2003, según enmendada, a los fines de establecer que la partida de fondos asignados para el Programa de Internados y Residencias de la Escuela de Medicina de la Universidad de Puerto Rico incluye la Escuela de Medicina Dental de la Universidad de Puerto Rico y establecer que la revisión de la partida de fondos asignados para el Programa de Internados y Residencias de la Escuela de Medicina de la Universidad de Puerto Rico sea revisada cada tres (3) años por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Universidad de Puerto Rico.
Ley
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley