Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el inciso (a) del Artículo 21 de la Ley 66-2014, según enmendada, mejor conocida como “Ley Especial de Sostenibilidad Fiscal y Operacional del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de adoptar la “Ley para la Facilitación Oportuna de Protección del Ministerio Público” o “Ley FOP del Ministerio Público”, con el propósito de extender el servicio de protección de escoltas del Negociado de la Policía del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Ricio, a aquellos miembros del Ministerio Público, ya sean Procuradores o Fiscales, que denuncien ser objeto de amenazas contra su seguridad e integridad física y la de su familia inmediata; y a aquellos cuyas áreas de trabajo, traslados y horarios de trabajo así lo requieran; y para otros fines.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar las secciones 1033.15 y 1101.01 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de conceder, dentro de cada año contributivo, una deducción especial a individuos, igual a la cantidad de los gastos incurridos por servicios médicos veterinarios, incluyendo los costos de medicamentos de receta para la prevención y tratamiento de las mascotas; para aclarar que los refugios privados, santuarios y grupos de rescate de animales, debidamente constituidos como entidades sin fines de lucro bajo las leyes de Puerto Rico, se considerarán entidades exentas de tributación; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar la Sección 6080.12 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de eximir del pago de contribución sobre ingresos derivados de sueldos, jornales o compensación por servicios personales, aquellos generados durante el término de vigencia de una declaración de desastre por parte del Gobernador de Puerto Rico, por ciertos individuos que lleven a cabo labores dirigidas para atender o responder, completa o parcialmente, al impacto de dicho evento; establecer taxativamente a quienes les aplicará la exención contributiva aquí concedida; otorgarle al Secretario del Departamento de Hacienda la responsabilidad para promulgar o atemperar aquella reglamentación que se entienda pertinente para dar cabal cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, una vez comience a regir; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar las secciones 1033.15 y 1081.05 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a fin de aumentar de quinientos ($500.00) a dos mil quinientos ($2,500.00) dólares, la cantidad máxima permitida a un individuo como deducción por concepto de aportaciones en efectivo a una cuenta de ahorro para la educación de sus hijos o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar las secciones 4210.01 y 4210.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de reducir a un tres punto cinco (3.5) por ciento la sobretasa al impuesto de consumo sobre ventas y uso actualmente existente; facultar al Gobernador de Puerto Rico para, mediante Orden Ejecutiva a tales efectos, reducir la antes mencionada tasa contributiva hasta llevarla a un cero (0) por ciento, sujeto al cumplimiento de estrictas normas que estimulen economía, eficiencia y la efectividad de los programas gubernamentales; autorizar la promulgación de aquella reglamentación que se entienda pertinente para dar cabal cumplimiento a las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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