Radicada09/30/2021
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez
Co-Autor(es): Jorge Navarro Suárez
Título: Para añadir un nuevo inciso p) del artículo 4 de la Ley Núm. 73 de 23 de julio de 2019, mejor conocida como la “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, con el fin de crear la categoría Entidad Parcialmente Exenta hasta $250,000 dólares; reenumerar los actuales incisos p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii) como q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc), dd), ee), ff), gg), hh), ii), jj) respectivamente; y para otros fines relacionados.
Radicada10/18/2021
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, Miembros PNP
Título: Para enmendar la Ley Núm. 115 de 2 de junio de 1976, según enmendada, a los fines de aumentar el periodo para presentar una solicitud de renovación de la licencia de ayudante de perito electricista; y para otros fines relacionados.
Radicada10/21/2021
Autor(es): Jorge A. Rivera Segarra
Título: Para enmendar el Artículo 2 “Definiciones” de la Ley Núm. 42 de 9 de julio de 2017, conocida por la “Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (“Ley MEDICINAL”) con el fin de añadir los nuevos incisos (d), (f) y (k) y reasignar con letras los subsiguientes incisos de dicho artículo. El nuevo inciso (d) incluirá la definición de “Centro de Cuidado”; el nuevo inciso (f) la definición de “Escuela”; el nuevo inciso (k) la definición de “Instalación recreativa pública o privada”. Se enmienda el Artículo 17 del Capítulo V titulado “Reglamentación” de la misma ley, en sus incisos a. (iii) y (iv) para incluir en su texto, el término “y/o instalación recreativa pública o privada”; y para otros fines.
Radicada11/15/2021
Autor(es): Er Yazzer Morales Díaz
Título: Para enmendar el Artículo 35 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, con el propósito de excluir de la aplicación del “Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales, a las personas que, bajo la categoría de “servicios artísticos”, suscriban un contrato de servicios profesionales con la Corporación de las Artes Musicales o con sus subsidiarias, a saber, la Corporación de la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico, la Corporación de las Artes Escénico-Musicales de Puerto Rico, o cualquier otra subsidiaria o corporación o entidad gubernamental sucesora de éstas, con la Corporación del Conservatorio de Música, la Corporación de la Escuela de Artes Plásticas y Diseño de Puerto Rico, el Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Corporación del Centro de Bellas Artes, la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública o con la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Radicada12/08/2021
Autor(es): Estrella Martínez Soto
Co-Autor(es): Lisie Janet Burgos Muñiz, Orlando Aponte Rosario, Rafael Hernández Montañez, Jocelyne M. Rodríguez Negrón, Angel N. Matos García, Roberto Rivera Ruiz de Porras
Título: Para establecer la nueva “Ley para la Inspección de las Instalaciones del Gas Licuado en Comercios y Residencias de Puerto Rico”, para facultar a el Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos con la autoridad para reglamentar y fiscalizar la instalación, mantenimiento y uso del gas licuado en las residencias y los comercios en Puerto Rico. Del mismo modo, se busca establecer una estructura que haga más seguro el uso de tanques de gas licuado en las residencia y comercios.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
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Aprobado por el Senado
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