Radicada09/01/2022
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, Miembros PNP
Título: Para viabilizar de manera excepcional la configuración de la Junta Examinadora de Geólogos de Puerto Rico y permitir la otorgación de la licencia a sus integrantes sin necesidad de tomar examen alguno, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos; permitir un nuevo término de seis (6) meses para que dicha Junta, una vez constituida, otorgue licencias y certificados provisionales sin la necesidad de examen, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos; y para otros fines relacionados.
Radicada09/09/2022
Autor(es): José B. Márquez Reyes
Por Petición: Escuela de Trabajo Social del Recinto de Rio Piedras en la Universidad de PR, Dra. Jannette Rodrígue
Título: Para enmendar los Artículos 2, 3 y 5, añadir los Artículos 16 y 23 y renumerar los actuales Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, como los Artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 24, respectivamente, a los fines de disponer para la creación de la Oficina para la Evaluación y Seguimiento a la Implementación y los Resultados de las Políticas Públicas del Gobierno de Puerto Rico, adscrita al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, definir su estructura y funciones; y para otros fines relacionados.
Radicada10/07/2022
Autor(es): Angel Morey Noble
Título: Para añadir un nuevo inciso (24) al Artículo 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico”, a los fines de disponer para que la Puerto Rico Innovation and Technology Service publique en la Internet, los textos actualizados y revisados de toda la reglamentación vigente en el Gobierno de Puerto Rico, incluyendo el de las corporaciones públicas y municipios; y para otros fines relacionados
Radicada10/07/2022
Autor(es): Angel Morey Noble
Título: Para crear la denominada “Ley para el manejo y evacuación de público de propiedades inmuebles donde se lleven a cabo eventos multitudinarios”, con el propósito de disponer que, en toda propiedad inmueble en Puerto Rico con una cabida de quinientas (500) personas en adelante, previo al comienzo de cualquier actividad multitudinaria, sea pública o privada, y en la que se lleven a cabo eventos, tales como, conciertos, congresos, convenciones, conferencias, ferias de muestras, exhibiciones, reuniones y otras actividades de negocios, entretenimiento, asambleas públicas, sociales, culturales, históricas y científicas, se transmita un audio o se proyecte un video accesible a las personas allí ubicadas, mediante el cual se brinden consejos de seguridad en caso de emergencia; establecer la política pública que regirá las disposiciones de esta Ley; enmendar el Artículo 5.04 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, a los fines de conferirle al Comisionado del Negociado de Manejo de Emergencias y Desastres, el poder para hacer cumplir la Ley aquí instituida; y para otros fines relacionados
Radicada10/13/2022
Autor(es): Jesús M. Ortiz González
Co-Autor(es): Jorge Navarro Suárez, José F. Aponte Hernández
Título: Para crear la “Ley de Ciberseguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; establecer como principio de política pública que proveer seguridad a los datos gubernamentales es esencial para apoyar los procesos de innovación y el fomentar desarrollo y crecimiento económico sostenible de todos los sectores en Puerto Rico; crear el cargo del Principal Oficial de Seguridad Cibernética (Chief Information Security Officer) bajo la oficina del Puerto Rico Innovation and Technology Service (“PRITS”) y establecer sus facultades y deberes, a los fines de garantizar la ejecución de la política pública establecida en esta Ley; establecer la obligación de las Agencias de colaborar con la PRITS y con el Principal Oficial de Seguridad de Información; crear la Oficina para la Evaluación de Incidentes Cibernéticos adscrita a la PRITS; ordenar a PRITS a adoptar y promulgar en todas las agencias reglamentación de conformidad con lo establecido en esta Ley; establecer relaciones patrono-empleados sobre el uso de sus sistemas; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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