Radicada02/23/2022
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Co-Autor(es): Rubén Soto Rivera
Título: Para enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 75 de 8 agosto de 1925, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Junta Dental Examinadora”; enmendar el sub-inciso (a) del Artículo 1-B, el séptimo párrafo del inciso (a) del Artículo 1-C y el sub inciso (1) del Artículo 6 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, y conocida como la “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”; enmendar el inciso (c) del Artículo 3 de la Ley Núm. 135 de 6 de mayo de 1938, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Literatura Puertorriqueña”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 171 de 11 de mayo de 1940, según enmendada, y conocida como la “Ley de Colegiación de los Trabajadores Sociales”; enmendar el Inciso (b) del Artículo 2 de la Ley Núm. 26 de 12 de abril de 1941, según enmendada, conocida como, “Ley de Tierras de Puerto Rico”; enmendar el primer párrafo de la Sección 2 de la Ley Núm. 293 de 15 de mayo de 1945, según enmendada, y conocida como la “Ley de Contabilidad Pública de 1945”; enmendar el Artículo 2 de la Ley 17-1948, según enmendada, y conocida como la “Ley del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico”; enmendar la Sección 2 de la Ley Núm. 89 de 21 de junio de 1955, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Cultura Puertorriqueña”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 13 de 16 de mayo de 1962, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Administración de Terrenos de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, y conocida como la “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”; enmendar el inciso (a) del Artículo 21 de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico”; ; enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 115 de 30 de junio de 1965, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta de Apelaciones del Sistema de Educación”; enmendar la Sección 208 de la Ley Núm. 62 de 23 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Código Militar de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 32 de 229 de Mayo de 1972, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación”; enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, y conocida como la “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 115 de 2 de junio de 1976, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Junta Examinadora de Peritos Electricistas”; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 134 de 30 de junio de 1977, según enmendada, y conocida como la “Ley del Procurador del Ciudadano”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 42 de 12 de Mayo de 1980, según enmendada, conocida como “Ley para Crear la Corporación de las Artes Escénico-Musicales de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 44 de 12 de Mayo de 1980, según enmendada, conocida como “Ley de la Corporación de la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico”; enmendar inciso (a) del Artículo 3 de la Ley Núm. 77 de 30 de mayo de 1980, según enmendada, conocida como “Ley de la Corporación del Conservatorio de Música de Puerto Rico”; enmendar la sección 6 de la Ley Núm. 97-1983, según enmendada, y conocida como la “Ley para Reglamentar la Profesión de Químicos de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 4 de 31 de julio de 1985, según enmendada, conocida como “Ley de la Corporación de las Artes Musicales de Puerto Rico”; enmendar el inciso (a) del Artículo 6 de la Ley Núm. 4 de 11 de octubre de 1985, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras”; enmendar el Artículo 7-A y el inciso (1) del Artículo 7-B de la Ley Núm. 5 de 30 de diciembre de 1986, según enmendada, y conocida como la “Ley Orgánica de la Administración para el Sustento de Menores”; enmendar el inciso (a) del Artículo 7 de la Ley Núm. 10 de 7 de agosto de 1987, según enmendada, conocida como “Ley de Protección, Conservación y Estudio de los Sitios y Recursos Arqueológicos Subacuáticos”; enmendar el inciso (3) del Artículo 10 de la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, según enmendada, y conocida como la “Ley de la Oficina del Fiscal Especial Independiente”; enmendar la Sección 3 de la Ley Núm. 112 de 20 de Julio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley del Consejo para la Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 115 de 20 de julio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley del Fondo Puertorriqueño para el Financiamiento del Quehacer Cultural”; ...
Radicada04/01/2022
Autor(es): Keren L. Riquelme Cabrera
Título: Para crear la “Ley Anti Discrimen Cibernético”, con el fin de eliminar las barreras tecnológicas a la disponibilidad de servicios públicos, disponer que toda agencia gubernamental que ofrezca servicios públicos mediante una plataforma digital tendrá la obligación de mantener la alternativa de que dichos servicios puedan solicitarse a través de medios tradicionales, incluyendo en persona o mediante formularios impresos, de manera que los servicios sean accesibles a toda persona, sin importar sus limitaciones socioeconómicas, edad, escolaridad, destrezas físicas o cognitivas, o diversidad funcional, entre otros; y para otros fines relacionados.
Radicada04/27/2022
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Por Petición:
Título: Para enmendar el inciso (B) del Artículo 4 de la Ley Núm. 300-1999, según enmendada, conocida como “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, añadir un inciso (3) y renumerar los incisos (3) a (23) como (4) a (24), respectivamente, del Artículo 10 de la Ley Núm. 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico” a los fines de garantizar que la certificación otorgada por virtud de la Ley Núm. 300-1999, según enmendada, cumpla con las disposiciones de la Ley Núm. 151-2004, según enmendada, para que la expedición de la certificación de forma electrónica sea rápida y ágil; y para otros fines.”
Radicada05/09/2022
Autor(es): Elizabeth Rosa Vélez, Rosamar Trujillo Plumey, Juan Zaragoza Gómez
Co-Autor(es): Migdalia González Arroyo, José A. Vargas Vidot, Ana Irma Rivera Lassén, María de Lourdes Santiago Negrón
Título: Para establecer la “Carta de derechos de los y las Profesionales del Trabajo Social en Puerto Rico”; establecer la facultad de la Procuraduría del Trabajo para fiscalizar el cumplimiento con las disposiciones de esta ley; reconocer la legitimación activa del Colegio de Profesionales del Trabajo Social en Puerto Rico para instar acciones administrativas para exigir su cumplimiento; establecer penalidades; y para otros fines relacionados.
Radicada08/16/2022
Autor(es): Juan Zaragoza Gómez, Ramón Ruiz Nieves, José A. Vargas Vidot, Rafael Bernabe Riefkohl, Elizabeth Rosa Vélez, Rosamar Trujillo Plumey, Ana Irma Rivera Lassén
Título: Para enmendar los Artículos 3, 5 y 7 de la Ley 2-2017 según enmendada, mejor conocida como la “Ley de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico” a los fines de definir el concepto de negligencia crasa y añadir como propósito de AFFAF se encuentra defender las medidas aprobadas por la Asamblea Legislativa y cumplir con la defensa de estatus impugnados por la Junta de Supervisión Fiscal conforme a la Sección 204 de la Ley PROMESA; y para otros fines relacionados.
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Ley
Ley