Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para establecer que en el vestíbulo de toda instalación en la que ubique cualquier agencia, instrumentalidad, corporación pública o departamento del Gobierno de Puerto Rico, un municipio, la Rama Legislativa, la Rama Judicial o una entidad privada que reciba fondos públicos, se colocará un rótulo que leerá como sigue: “RECUERDE NO DEJAR SU NIÑO EN EL AUTO”; disponer que le corresponderá al Departamento de la Familia promulgar cualquier reglamentación que se entienda pertinente para dar efectiva consecución a lo aquí ordenado; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar la Sección 9.1 del Artículo 9 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, y el Artículo 2.04 de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, a los fines de disponer que todo empleado del Gobierno de Puerto Rico, sus intrumentalidades y corporaciones públicas, tendrá derecho a dieciséis (16) horas laborables, sin reducción de paga ni de sus balances de licencias, durante el transcurso de cada año escolar, para comparecer a las instituciones educativas donde cursan estudios sus hijos y conocer sobre el aprovechamiento escolar de éstos; establecer que en el caso de todo empleado cuyos hijos se encuentren registrados en el Programa de Educación Especial del Departamento de Educación, éste tendrá hasta veinte (20) horas por año escolar para que puedan acudir a realizar gestiones relacionadas con éstos; enmendar el Artículo 1, derogar los artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7, reenumerar el actual Artículo 8, como Artículo 2, y a su vez enmendarlo, y reenumerar el actual Artículo 9, como Artículo 3, de la Ley 134-1998, con el propósito de atemperar dicha Ley, con las nuevas disposiciones que aquí se introducen a la Ley 8-2017, según enmendada, y a la Ley 26-2017, según enmendada; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el Artículo 15 de la Ley Núm. 104 de 29 de junio 1955, según enmendada, conocida como “Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado”, a los fines de establecer que el Estado solo pagará el cincuenta (50%) por ciento del total ordenado, mediante sentencia final y firme, cuando esta recaiga sobre cualquier funcionario, ex funcionario, empleado o ex empleado del Gobierno de Puerto Rico en su carácter personal por actos que constituyan violación de derechos civiles por discrimen político; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 21 de 31 de mayo de 1985, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme para la Revisión y Modificación de Tarifas”, a los fines de establecer que toda modificación de las tarifas que por servicios básicos y esenciales prestados fijan y cobran las corporaciones públicas y demás instrumentalidades gubernamentales análogas, tendrá que ser avalada por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico para que pueda entrar en efecto.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar las secciones 4 y 9 de la Ley Núm. 137 de 26 de junio de 1968, según enmendada, a través de la cual se autoriza el ejercicio de la profesión de terapista ocupacional y de asistente en terapia ocupacional, mediante la concesión de licencias y se establecen los mecanismos necesarios para el registro de tales licencias y la recertificación de los profesionales a base de educación continuada, con el propósito de facultar a la Junta Examinadora de Terapia Ocupacional de Puerto Rico, a expedir licencias provisionales por dos (2) años para practicar como terapista ocupacional, a toda persona que solicite y sea admitido por primera vez a examen, sin necesidad de que este se encuentre bajo la supervisión de un terapista ocupacional licenciado; encomendarle a la Junta de Instituciones Postsecundarias del Departamento de Estado, la realización de un estudio dirigido a identificar los factores que inciden sobre la presunta baja cantidad de egresados de los programas de terapia ocupacional disponibles en las instituciones de educación superior en Puerto Rico, con miras a formular una política pública para el desarrollo articulado y efectivo de esta disciplina; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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