Radicada03/10/2022
Autor(es): Denis Márquez Lebrón
Título: Para enmendar el Artículo 1 de la Ley 27-2005, según enmendada, a los fines de disponer que todo personal de enfermería en el servicio privado deberá ser ubicado en la escala salarial correspondiente con efectividad al 1 de julio de 2022; y para otros fines pertinentes.
Radicada03/21/2022
Autor(es): Héctor E. Ferrer Santiago, Rafael Hernández Montañez
Co-Autor(es): Sol Y. Higgins Cuadrado
Por Petición: Dra. Liselie Reyes Martínez, Dr. Fernando Joglar. Dr. Cesar García, Dr. José Morales, Dr. Melvin Hernandez
Título: Para enmendar la Ley Núm. 75 de 8 de agosto de 1925, según enmendada, con el propósito de añadir un nueva Sección 15 a los fines de establecer que el dueño o accionista mayoritario de toda clínica dental sea un dentista licenciado por el gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; renumerar las secciones subsiguientes; y para otros fines relacionados.
Radicada05/31/2022
Autor(es): Wanda del Valle Correa
Co-Autor(es): Estrella Martínez Soto
Título: Para declarar el 14 de septiembre de cada año como el “Día de la Concientización sobre la Leucemia Infantil” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Radicada07/22/2022
Autor(es): Sol Y. Higgins Cuadrado
Por Petición: Conexión Stroke Puerto Rico
Título: Para crear la “Ley para el establecimiento de un sistema de manejo multisectorial, uniforme y coordinado de accidentes cerebrovasculares (“Stroke”) en Puerto Rico”; en donde se establece la política pública para la atención de esta condición en Puerto Rico; designar al Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico como la agencia líder en el desarrollo, implantación, fiscalización y cumplimiento de la política pública requerida en esta Ley; establecer el Comité Multidisciplinario de Política Pública sobre el manejo y atención de los accidentes cerebrovasculares (“Stroke”); y para otros fines relacionados.
Radicada09/01/2022
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, Miembros PNP
Título: Para añadir una nueva Sección 7 al Artículo VI y renumerar las actuales Secciones 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 como Secciones 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la Ley 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 18.040; añadir nuevos Artículos 18.051, 18.052, 18.053 a la Ley 194-2011, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Salud de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 7.010 de la Ley Núm. 77 de 16 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de que la credencialización de proveedores que brindan servicios bajo el Plan de Salud del Gobierno, Plan Vital, y planes médicos privados sea más eficiente, costo-efectiva y menos repetitiva, mediante la implementación del uso de un formulario de solicitud único y uniforme para la recopilación de datos necesarios en el proceso de verificación de credenciales; establecer el requerimiento de Modernización de los Procesos en las Juntas Examinadoras adscritas al Departamento de Salud y Radicación de Informes de Progreso; proveer los fondos necesarios para el servicio y mantenimiento del sistema electrónico centralizado; y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Enviado al Gobernador
Ley