Radicada05/06/2024
Autor(es): Roberto Rivera Ruiz de Porras
Título: Para enmendar los Artículos 51 y 52 de la Ley 129-2020, según enmendada, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, a los fines de que el titular que otorgue un poder de representación pueda manifestar su voluntad previa en los asuntos que consten en la convocatoria al momento de celebrarse una asamblea, así como la posterior ratificación u oposición al acuerdo final aprobado por el Consejo de Titulares; establecer un proceso para solicitar y realizar correcciones al acta que recoge los acuerdos del Consejo de Titulares; facultar a los Consejos de Titulares para que puedan autorizar la transmisión de las asambleas mediante una plataforma audiovisual o de videoconferencia; y para otros fines relacionados.
Radicada01/13/2021
Autor(es): Nitza Morán Trinidad
Co-Autor(es): Gregorio Matías Rosario, Wanda Soto Tolentino, Albert Torres Berríos
Título: Para enmendar los artículos 1 y 2, suprimir los artículos 3 y 4, reenumerar los artículos 5 y 6, como los artículos 3 y 4, y a su vez enmendarlos, suprimir los artículos 7 y 8, reenumerar el Artículo 9, como Artículo 5, y a su vez enmendarlo, suprimir los artículos 10, 11 y 12, reenumerar el Artículo 13, como Artículo 6, y a su vez enmendarlo, añadir unos nuevos artículos 7, 8 y 9, suprimir los artículos 14, 15, 16 y 17, y reenumerar el Artículo 18, como Artículo 10, en la Ley Núm. 12 de 10 de diciembre de 1975, según enmendada, mediante la cual se autorizó al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, a vender, permutar o gravar los terrenos propiedad del Gobierno de Puerto Rico, así como los edificios gubernamentales que dejaron de ser de utilidad pública, a los fines de consolidar en la figura del antes mencionado funcionario, toda gestión encaminada a disponer de la propiedad perteneciente al Estado; flexibilizar los procesos establecidos para disponer de la propiedad pública o el arrendamiento de esta, si dichas transacciones tienen el efecto de reactivar el mercado de bienes raíces en Puerto Rico; crear un denominado “Inventario Digital de Propiedades Públicas”, que contendrá información detallada sobre los terrenos y las estructuras e inmuebles custodiados o pertenecientes y administrados por el Gobierno de Puerto Rico, que permita manejar la información y el acceso rápido a los datos, el cual servirá como herramienta de trabajo para la toma de decisiones relacionadas con la administración y disposición de los bienes públicos; y proveer los recursos económicos necesarios para hacer cumplir las disposiciones de esta Ley; derogar la Ley 235-2014, mediante la cual se creó la “Junta Revisora de Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, por ser esta Ley una inoficiosa; suprimir el Capítulo 5, y reenumerar los capítulos 6, 7, 8, 9 y 10, como los capítulos 5, 6, 7, 8 y 9, respectivamente, y reenumerar los artículos del 6.01 al 10.06, como los artículos del 5.01 al 9.06, respectivamente, en la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, con el propósito de atemperar la misma, con las disposiciones de la presente Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada03/12/2021
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Co-Autor(es): Marially González Huertas, Migdalia González Arroyo, Ramón Ruiz Nieves
Título: Para establecer el Programa de Vales para Vivienda Nueva adscrito al Departamento de la Vivienda, para atender a los damnificados por los huracanes Irma y María y los terremotos del año 2020, en la región sur de Puerto Rico; disponer la cuantía de los vales; establecer lo referente a la titularidad de terrenos y estructuras damnificadas; disponer los requisitos generales del programa; establecer los fondos a ser utilizados; disponer sobre los requisitos de demolición; establecer restricciones sobre las propiedades adquiridas por los participantes del programa; y para otros fines.
Radicada04/19/2021
Autor(es): Migdalia González Arroyo
Co-Autor(es): Gretchen M. Hau, Marially González Huertas
Título: Para enmendar el Artículo 5.1 (n) de la Ley Núm. 66 del 17 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico” a fin de establecer que los municipios tendrán prioridad, sobre cualquier persona, natural o jurídica, al momento de que la Administración de Vivienda Pública considere contratar un agente administrador en algún proyecto de vivienda pública; y para otros fines relacionados.
Radicada04/26/2021
Autor(es): William Villafañe Ramos
Co-Autor(es): Gretchen M. Hau, Juan Zaragoza Gómez, Gregorio Matías Rosario
Título: Para añadir un nuevo inciso (c) a la Sección 6060.05 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de establecer límites de elegibilidad para los beneficios dispuestos bajo el Programa Impulso a la Vivienda; y para otros fines relacionados.
Ley
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley