Radicada10/18/2021
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, Miembros PNP
Título: Para enmendar el Artículo 1198 de la Ley 55-2020 conocida como “Código Civil de Puerto Rico”; para aclarar que la prescripción queda suspendida respecto de las personas incapacitadas mientras dure su estado de incapacitación y respecto de las personas menores de edad no emancipadas; y derogar el Artículo 40 del Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico de 1933.
Radicada10/18/2021
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, Miembros PNP
Título: Para enmendar el Artículo 595 de la Ley 55-2020, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a personas de dieciocho (18) años o más a consentir el recibo de inmunizaciones para sí o para sus hijos menores de edad.
Radicada10/18/2021
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, Miembros PNP
Título: Para enmendar el Artículo 1327 de la Ley 55-2020 conocida como “Código civil de Puerto Rico”; para aclarar que en el contrato de préstamo no se deben intereses si no se pactan expresamente; y para otros fines relacionados.
Radicada10/26/2021
Autor(es): Luis Pérez Ortiz
Título: Para añadir una Regla 507-1 en las Reglas de Evidencia de 2009, según enmendadas, a los fines de reconocer el privilegio de confidencialidad en las labores de los trabajadores sociales; y para otros fines relacionados
Radicada11/02/2021
Autor(es): Rafael Hernández Montañez, Orlando Aponte Rosario, Juan J. Santiago Nieves
Título: Para enmendar el Artículo 2, incisos (b), (h), (i), (j) y (v); enmendar el Artículo 4; eliminar el sub-inciso (iii) del inciso (a) y enmendar el inciso (j) del Artículo 5; enmendar el inciso (d) del Artículo 6; enmendar el inciso (a) (ii) del Artículo 10; enmendar los Artículos 11, 12 y 14; enmendar, , el sub-inciso (ii) del inciso (a), el sub-inciso (i) del inciso (c) , y el inciso (i) del Artículo 17; enmendar los incisos (c), (d) y (e) del Artículo 18; y enmendar los Artículos 20 y 22 de la Ley 42-2017, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para Mejorar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (“Ley MEDICINAL”); a los fines de atemperar la definición de “Cannabis Medicinal”, “Identificación de Acompañante Autorizado”, “Identificación de Paciente Cannabis Medicinal”, e “Identificación Ocupacional”; implementar un nuevo método de identificación electrónica para Pacientes, Acompañantes y la Identificación Ocupacional; extender la validez de la de la recomendación médica y la vigencia la Identificación para Pacientes de Cannabis Medicinal a dos años; extender la vigencia de la Identificación de Acompañantes a dos años; extender la vigencia de la Identificación Ocupacional a tres años; crear un mecanismo de emisión de recomendación médica y de expedición de la Identificación de Paciente más efectivo y accesible; modificar los parámetros de concesión de licencias a dispensarios, cultivos, manufacturas, y laboratorios; incluir la licencia de transporte sin el pago de aranceles adicionales a todo poseedor de licencia de cultivo; y modificar la facultad de la Junta Reglamentadora de Cannabis Medicinal para imponer multas
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Ley
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