Radicada06/01/2021
Autor(es): Rosamar Trujillo Plumey
Título: Para añadir un nuevo inciso (b), un nuevo inciso (ss) y eliminar el actual inciso (ss) al Artículo 14 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico de 2012”, a los fines de añadir el término “Adulto Mayor” con su definición y renumerar los subsiguientes incisos respectivamente en el mencionado Artículo; para enmendar la Sección Tercera del Capítulo III del Libro Segundo y los Artículos 126, 127, 127-A, 127-B, 127-C y 127-D para incorporar el término ‘’Adulto Mayor” en sustitución de “persona de edad avanzada”; y para otros fines relacionados.
Radicada06/09/2021
Autor(es): William Villafañe Ramos
Co-Autor(es): Keren L. Riquelme Cabrera, Wanda Soto Tolentino
Título: Para enmendar los artículos 127-A, 127-B, 127-C y 127-D de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” a los fines de incluir a las personas incapacitadas en el cuerpo y/o título de los referidos artículos, según corresponda, y para otros fines relacionados.
Radicada06/17/2021
Autor(es): Carmelo J. Ríos Santiago
Co-Autor(es): Nitza Morán Trinidad
Título: Para añadir un nuevo inciso (b) al Artículo 87 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, y renumerar los actuales incisos (b), (c), (d) y (e), como incisos (c), (d), (e) y (f), respectivamente, a los fines de aumentar el periodo de prescripción de cinco (5) a diez (10) años; y para otros fines relacionados.
Radicada06/18/2021
Autor(es): William Villafañe Ramos
Título: Para enmendar el Artículo 127-C (b)(1), eliminar el Artículo 127-C (b)(2) y renumerar el Artículo 127-C (b)(3) de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de enmendar las cantidades monetarias y penas establecidas en los referidos artículos, y para otros fines relacionados.
Radicada07/16/2021
Autor(es): William Villafañe Ramos
Co-Autor(es): Nitza Morán Trinidad, Keren L. Riquelme Cabrera, Wanda Soto Tolentino
Título: Para enmendar los límites en las cuantías dispuestos en el Artículo 2(a) de la Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955, conocida como “Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado” a los fines de aumentar los mismos para las acciones por daños y perjuicios.
Aprobado por la Cámara
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Ley
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