Radicada05/26/2021
Autor(es): Luis R. Ortiz Lugo
Co-Autor(es): José A. Díaz Collazo
Título: Para enmendar el Artículo 10.5, de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, con el fin de que se incluya las enfermedades de la piel vitíligo, psoriasis y albinismo entre las que pueden obtener la renovación de los permisos de tintes en los vehículos que pueden efectuarse en el término de seis (6) años; y para otros fines relacionados.
Radicada06/10/2021
Autor(es): Víctor L. Parés Otero
Co-Autor(es): Luis R. Ortiz Lugo
Título: Para añadir un inciso (v) al Artículo 23.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las facultades del Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico para la contratación de servicios con entes privados en aras de optimizar las funciones y operaciones que ejerce el Cuerpo de Ordenamiento del Tránsito (C.O.T.); y para otros fines relacionados.
Radicada06/14/2021
Autor(es): Ramón L. Cruz Burgos
Co-Autor(es): Domingo J. Torres García, José A. Díaz Collazo, Héctor E. Ferrer Santiago, Sol Y. Higgins Cuadrado, Jorge A. Rivera Segarra
Título: Para enmendar el Artículo 23.02 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de eliminar la multa administrativa por no pagar el importe del peaje en las autopistas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por cada ocurrencia y establecer una multa única de veinticinco (25) dólares anuales, más el monto adeudado por concepto de peajes no pagados, pagaderos al momento de renovar el marbete del vehículo; establecer que las infracciones que podrán incluirse en el cómputo para establecer la procedencia de la multa anual serán las que correspondan entre el año anterior hasta el mes anterior a la fecha de renovación del marbete de cada vehículo; y para otros fines.
Radicada06/15/2021
Autor(es): Ramón L. Cruz Burgos
Título: Para enmendar el inciso (i) del Artículo 5.02 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como ‘’Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico’’, a los fines de establecer como infracción a esta Ley el manejar a exceso de velocidad vehículos pesados de motor, ómnibus público o transporte escolar y facilitar la intervención de la Policía de Puerto Rico con estos conductores; y para otros fines relacionados.
Radicada08/11/2021
Autor(es): Angel N. Matos García
Título: Para añadir el Artículo 1.127 y enmendar el Artículo 10.03 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de disponer sobre las corridas y los requisitos de estas actividades; y para otros fines relacionados
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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