Radicada01/05/2021
Autor(es): Angel R. Peña Ramírez
Título: Para enmendar el Artículo 2 y añadir un nuevo Artículo 12-A a la Ley Núm. 7 de 24 de septiembre de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de Garantías de Vehículos de Motor”, a los efectos de elevar a rango de ley la obligación de toda persona que venda un vehículo de motor usado, de notificarle al adquiriente, si el mismo fue impactado y reparado o estuvo sumergido total o parcialmente; y para otros fines relacionados.
Radicada01/05/2021
Autor(es): Denis Márquez Lebrón
Título: Para añadir un nuevo inciso (e) al Artículo 12 y reasignar los incisos subsiguientes de la Ley Núm. 355 de 1999, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999”, a los fines de prohibir la instalación de tableros de anuncios digitales (LED Digital Displays) que iluminen un área residencial.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el Artículo 6.20 de la Ley- 168-2019, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, a los fines de disponer que se le suspenderá la licencia de conducir o la de navegación, según aplique por un término de 5 años a partir de la extinción de la pena recibida a quien dispare un arma de fuego desde un vehículo de motor o acuático; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el Artículo 1.124 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a fin de disponer que toda “zona escolar” esté debidamente demarcada con franjas transversales de alerta (“rumble strips”) construidas de forma paralela a los rótulos que identifican a estas áreas; extender al Departamento de Transportación y Obras Públicas, un término de tiempo no mayor de tres (3) años fiscales, contados a partir de la aprobación de esta Ley, para que cumpla con lo aquí establecido; ordenar al Departamento de Educación, a la Comisión para la Seguridad en el Tránsito y al Negociado de la Policía del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico a que presten su colaboración al Departamento de Transportación y Obras Públicas para asegurar la efectiva consecución de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el Artículo 10.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, con el propósito de disponer que a los pacientes de lupus eritematoso sistemático, lupus eritematoso cutáneo o discoide, melanoma maligno, vitíligo, psoriasis en todas sus modalidades, albinismo y esclerosis múltiple, no se les requerirá renovar el permiso o certificación para el uso de tintes en el parabrisas y ventanillas de cristal en sus vehículos de motor, mientras las condiciones médicas que poseen no les impidan conducir; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley