Radicada06/06/2022
Autor(es): Angel L. Bulerín Ramos
Título: Para enmendar el Artículo 13.14 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de flexibilizar el proceso de renovación de la licencia de conducir; y, para otros fines relacionados.
Radicada06/14/2022
Autor(es): José F. Aponte Hernández
Título: Para enmendar el Artículo 3.13-A, los incisos (h), (s) y (t) del Artículo 23.05 y los Artículos 25.01, 25.02, 25.03 y 25.04 de la Ley 22-2000, según enmendada, a los fines de establecer mediante ley que las multas de tránsito podrán ser notificadas a través de la app móvil (app) implantada por el Departamento de Transportación y Obras Públicas para las licencias virtuales, CESCO Digital, o cualquier otro sistema digital autorizado por el Secretario con propósitos de notificación ciudadana; disponer la información mínima que deberá contener dicha notificación; y para otros fines relacionados.
Radicada08/18/2022
Autor(es): Angel N. Matos García
Título: Para añadir nuevo inciso (C), renumerar los actuales incisos (C), (D), (E), (F) y (G), como los incisos (D), (E), (F), (G) y (H), respectivamente del Artículo 2.16 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”; enmendar el acápite (1) del inciso (b) del Artículo 2A de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley de Contratos de Distribución”; para añadir un inciso (b) y renumerar el inciso (b) del Artículo 7 de la Ley Núm. 7 de 24 de septiembre de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de Garantías de Vehículos de Motor”, a los fines de prohibir la venta directa o indirecta, entendida esta última como la venta a través de agentes que no sean concesionarios o distribuidores de vehículos de motor por parte de manufactureros o fabricantes sin licencia de concesionario o de distribuidor; y para otros fines relacionados.
Radicada08/30/2022
Autor(es): Gabriel F. Rodríguez Aguiló
Título: Para enmendar el Artículo 4.12 (B) de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, a los fines de incluir las grúas entre los vehículos de motor que ante situaciones de emergencia requieren a los conductores cambiar al carril más lejano a la zona de emergencia o paseo, si el tránsito o el tipo de vía pública lo permite; o si no es posible el cambio de carril, el conductor deberá reducir su velocidad
Radicada08/31/2022
Autor(es): Luis Raúl Torres Cruz
Título: Para añadir un subinciso (24) al inciso (c) del Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de incluir a los pacientes ostomizados por colostomía, urostomía, ileostomía, colitis ulcerativas y enfermad de Crohn, en todas sus manifestaciones, como parte de las condiciones necesarias para que a una persona ostomizada se le expida un rótulo removible que autoriza a estacionar en áreas designadas para personas con impedimentos; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
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Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
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