Radicada09/01/2021
Autor(es): Javier Aponte Dalmau
Título: Para enmendar el Artículo 2.18 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” a los fines de autorizar al Secretario de Transportación y Obras Públicas a emitir una licencia o número de identificación especial a aquellos vehículos que hayan sido confiscados y que al momento de la confiscación se encuentren alterados o su inscripción o renovación fuesen falsas, fraudulentas o insuficientes, de tal manera que dichos vehículos puedan ser utilizados por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Radicada09/27/2021
Autor(es): Migdalia González Arroyo, Ramón Ruiz Nieves
Co-Autor(es): Ada García Montes
Título: Para enmendar el Artículo 3.040, inciso (b), de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; y los Artículos 2.22, 6.28, en sus incisos (a) (b) (c) (i) y (j), y 10.19 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a fin de aclarar y uniformar el proceso de disposición de vehículos de motor abandonados, y de aquellos inservibles o chatarra cuando no se pudiera identificar la persona titular del vehículo; reducir los términos para que la Policía de Puerto Rico o los municipios puedan disponer de aquellos vehículos inservibles, destartalados y chatarra, que han sido abandonados; y para otros fines.
Radicada10/08/2021
Autor(es): Rubén Soto Rivera
Título: Para establecer mediante incentivos el pago acelerado de multas expedidas y así registradas a las tablillas y licencias de conducir, por concepto de infracciones incluyendo los intereses, recargos y penalidades, conforme a las reglas aplicables a los planes de pago e incentivos por deudas sobre multas a las tablillas y licencias de conducir respectivamente, en la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, según enmendada.
Radicada10/13/2021
Autor(es): Rubén Soto Rivera
Título: Para enmendar el subinciso (44) del inciso (a) y los incisos (f) y (g) del Artículo 23.02 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de clarificar y definir con mayor especificidad los fines para los que actualmente se cobran los derechos a pagar por el registro de vehículos todo terreno, y para otros fines relacionados.
Radicada10/19/2021
Autor(es): Elizabeth Rosa Vélez
Co-Autor(es): Juan Zaragoza Gómez, Ramón Ruiz Nieves
Título: Para crear la “Ley de Política Pública para la Infraestructura de Puerto Rico”, a los fines de establecer la política pública del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en torno al desarrollo de la infraestructura necesaria para los próximos treinta (30) años, en aras de garantizar un desarrollo socioeconómico que tome en consideración los cambios climáticos y tecnológicos; ordenar la creación de una Junta Multisectorial, la cual elaborará el plan de infraestructura de Puerto Rico, con el fin de evaluar, atender y mejorar el estado de la infraestructura en Puerto Rico, con énfasis en las siguientes áreas de infraestructura: (1) agua potable y aguas usadas, (2) desarrollo económico, (3) energía eléctrica, (4) informática y telecomunicaciones, (5) infraestructura esencial, (6) manejo y disposición de desperdicios sólidos, (7) movilidad, transportación y carreteras, (8) permisos y (9) puertos; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Enviado al Gobernador
Ley
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