Radicada08/21/2023
Autor(es): Rafael Hernández Montañez
Título: Para enmendar los Artículos 2.3, 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.7 3.8, 3.10, 3.11, 3.12, 3.13, 3.14, 3.16, 4.2, 4.5, 4.6, 4.7, 4.9, 5.1, 5.3, 5.4, 5.7, 5.8, 5.9, 5.10, 5.11, 5.12, 5.13, 5.14, 5.16, 5.19, 6.1, 6.2, 6.4, 6.6, 6.7, 7.2, 7.9, 7.12, 7.15, 7.19 y 8.6.a., 9.5, 9.18, 9.20, 9.27, 9.32, 9.33, 9.34, 9.35, 9.36, 9.37, 9.38, 9.39, 9.40; añadir un nuevo Artículo 9.42; renumerar el Artículo 9.42 como el Artículo 9.43; enmendar los Artículos 10.2, 10.4, 10.5, 10.6, 10.7, 10.8, 10.11, 10.15, 11.1, 12.6, 12.7, 12.10, 12.15, 12.17, 12.20, 12.25, 13.1, 13.2, 14.3 y 14.4 de la Ley 58-2020, conocida como el “Código Electoral de Puerto Rico de 2020”, a los fines de insertar cambios y nuevas disposiciones que brinden certeza, garantías y confianza al proceso electoral de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Radicada10/02/2023
Autor(es): José M. Varela Fernández, Rafael Hernández Montañez
Título: Para enmendar los Artículos 1.001, 2.001, 2.004, 3.003A, 3.008, 3.009, 3.015, 3.016, 5.001, 5.003, 5.004, 5.005, 5.006, 6.000, 6.001, 6.010, 6.011, 6.012, 7.000, 7.002, 10.000, 12.004, 13.000, 13.001, 13.003, 13.004, 13.005, 13.006, y añadir los nuevos Artículos 3.017 y 13.005A, a la Ley 222-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico”, a fin de añadir definiciones; realizar correcciones para aclarar ciertos aspectos de la Ley; reconocer la personalidad jurídica de los comités autorizados, comités de campaña y comités de partido político; modificar el periodo de tiempo para el cual todo aspirante o candidato deberá completar el adiestramiento que provea la Oficina del Contralor Electoral en torno a las obligaciones, deberes y responsabilidades que impone esta Ley; aclarar el alcance de la personalidad jurídica de los Comités corregir las enmiendas introducidas por la Ley 58-2020 sobre coordinación de gastos; facultar a la Oficina del Contralor Electoral a solicitar el auxilio del Tribunal de Primera Instancia para emitir órdenes de embargo, congelación, retención y descuento de cuentas de depósito para obtener el pago de multas; aclarar que la Oficina del Contralor Electoral está excluida de la Ley 73-2019, según enmendada; equiparar la edad para realizar donativos a comités políticos a la edad permitida para ejercer el derecho al voto; establecer requisitos para oficiales gubernamentales que interesen aspirar a posiciones electivas y aspirantes y candidatos no electos que sean nominados a ciertas posiciones gubernamentales; establecer los límites máximos de donativos anónimos para ciertos actos políticos colectivos según definidas en esta Ley; requerir que las organizaciones políticas establecidas en los Estados Unidos de América, sus estados o territorios o registrados ante la “Federal Election Commission” se registren como comité ante la Oficina del Contralor Electoral si los donativos que realizan o los gastos en que incurren exceden de $1,000; sustituir el término “cuenta bancaria” por el término “cuentas de depósito”; y para otros fines relacionados.
Radicada10/11/2023
Autor(es): Rafael Hernández Montañez, José M. Varela Fernández, Joel Sánchez Ayala
Co-Autor(es): Gabriel F. Rodríguez Aguiló, Eddie Charbonier Chinea, Víctor L. Parés Otero, José F. Aponte Hernández, José Hernández Concepción
Título: Para enmendar los Artículos 2.3, 5.3, 5.9, 5.13, 5.16, 9.9, 9.10 y 9.11 de la Ley 58-2020, según enmendada, conocida como “Código Electoral de Puerto Rico de 2020”, a los fines de habilitar a las personas extranjeras domiciliadas en Puerto Rico, que cuenten con permiso de residencia legal permanente, como Elector de Puerto Rico; para adaptar las papeletas e identificación electoral; para ordenar a la Comisión Estatal de Elecciones a establecer la reglamentación necesaria para la implementación de esta ley; y para otros fines relacionados.
Radicada12/11/2023
Autor(es): Angel N. Matos García
Título: Para añadir un nuevo inciso 46-A al Artículo 2.3 y un nuevo Artículo 12.27 a la Ley Núm. 58-2020, conocida como “Código Electoral de Puerto Rico 2020”, a los fines de incluir como circunstancia agravante a cualquier delito electoral que se haya cometido mediante la utilización o por medio de Inteligencia Artificial; añadir definición de Inteligencia Artificial; y para otros fines relacionados.
Radicada01/29/2024
Autor(es): José M. Varela Fernández
Título: Para enmendar el Artículo 8.6.a de la Ley 58-2020, conocida como “Código Electoral de Puerto Rico” a los fines de que, como medida de austeridad, y en caso de que al menos treinta (30) días antes de la fecha de una primaria presidencial, un candidato presidencial de un partido político nacional ha obtenido los delegados suficientes para asegurar la nominación a la presidencia de los Estados Unidos de América, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) pueda ordenar la cancelación de la primaria presidencial de dicho partido nacional, y para otros fines.
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Ley
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