Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar los artículos 3 y 8 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores”, a los fines de proveer para el diseño, desarrollo e implantación de un protocolo de servicios interagenciales para adultos mayores que viven en condiciones infrahumanas, en adición a los de intervención en situaciones de maltrato, maltrato institucional, negligencia y negligencia institucional dirigidos a atender a las personas de esta población víctimas de cualquier tipo de maltrato y a las personas maltratantes; derogar la Ley 126-2013, conocida como “Ley sobre el Protocolo de Servicios Interagenciales para las Personas de Edad Avanzada de Puerto Rico que viven en Condiciones Infrahumanas”; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para crear una denominada “Ley de Apoyo Educativo a Hijos de Personas Fallecidas en el Cumplimiento del Deber durante la Pandemia del Coronavirus 2019 (COVID-19)”, mediante la cual se dispone para que la Universidad de Puerto Rico y todas sus unidades académicas, así como cualquier institución de educación postsecundaria del Estado o sus municipios, brinden prioridad en la admisión de estudiantes a los hijos de personas fallecidas en el cumplimiento del deber durante la pandemia del Coronavirus 2019 (COVID-19); establecer el “Fondo Especial para Becas de Hijos de Personas Fallecidas en el Cumplimiento del Deber durante la Pandemia del Coronavirus 2019 (COVID-19)”, a través del cual se brinde una fuente de ingreso adicional a los estudiantes que sean hijos de personas fallecidas durante la pandemia del coronavirus 2019 (COVID-19), y que dicha muerte sobrevenga claramente como consecuencia del servicio y el desempeño de sus funciones como personal que manejó o intervino en dicha crisis, y que se encuentren matriculados en cualquiera de las unidades académicas de la Universidad de Puerto Rico; enmendar el Artículo 14 de la Ley Núm. 10 de 24 de mayo de 1989, según enmendada, conocida como “Ley de la Lotería Adicional”, a los fines de destinar un millón de dólares de los recaudos por concepto de los diferentes juegos aquí establecidos, al “Fondo Especial para Becas de Hijos de Personas Fallecidas en el Cumplimiento del Deber durante la Pandemia del Coronavirus 2019 (COVID-19)”; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para añadir unos nuevos artículos 15 y 16, y reenumerar los actuales artículos 15, 16 y 17, como los artículos 17, 18 y 19, respectivamente, en la Ley 97-2018, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos de las Personas que tienen el Síndrome de Down”, a los fines de disponer que dentro de los noventa (90) días siguientes al cierre de cada año fiscal, los departamentos de Educación; de Recreación y Deportes; Salud; y del Trabajo y de Recursos Humanos; así como la Administración de Rehabilitación Vocacional, someterán al Gobernador y a la Asamblea Legislativa un informe, detallando las actividades llevadas a cabo en virtud de esta ley; aclarar que los beneficios otorgados al amparo de esta ley, no se entenderán de forma restrictiva, ni suponen la exclusión de otros derechos extendidos a las personas con Síndrome de Down y no mencionados específicamente; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar los artículos 2, 3, 4, 5 y 9 de la Ley 229-2003, según enmendada, conocida como “Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos”, con el propósito de disponer para que toda la información o documentación a ser publicada a través de los portales de Internet de las agencias gubernamentales, conforme a las disposiciones de esta Ley, se haga disponible en los idiomas español e inglés; y para otros fines relacionados.
Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el inciso (H), y añadir un nuevo inciso (I), en el Artículo 3; añadir unos nuevos artículos 12 y 13; y reenumerar los actuales artículos 12 y 13, como los artículos 14 y 15, respectivamente, en la Ley 58-2018, conocida como “Ley para propiciar el bienestar y mejorar la calidad de vida de los adultos mayores”, con el propósito de fortalecer el denominado programa de “Empresarismo Master”, creado a su amparo; establecer uno nuevo dirigido a mejorar los servicios de transportación de los adultos mayores; disponer que las Agencias e Instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico que vengan obligadas a rendir informes periódicamente al Gobernador o a la Asamblea Legislativa, incluyan en estos, un capítulo sobre la implantación, resultados y efectividad de todos los programas, beneficios, servicios y actividades disponibles en sus correspondientes Agencias e Instrumentalidades para los adultos mayores; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Enviado al Gobernador
Ley
Ley