Radicada02/10/2021
Autor(es): Gretchen M. Hau
Co-Autor(es): Migdalia González Arroyo, Wanda Soto Tolentino
Título: Para añadir un Artículo 7 a la Ley 113-2012, conocida como “Ley del Programa de Guías de Verificación de Veteranos-Dueños de Pequeños Negocios” a los fines de requerir a la Compañía de Fomento Industrial presentar ante la Oficina del Procurador del Veterano un informe anual que incluya datos concretos sobre los avances en la implementación y funcionamiento del programa.
Radicada12/01/2022
Autor(es): Keren L. Riquelme Cabrera, Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Albert Torres Berríos, Marissa Jiménez Santoni, Nitza Morán Trinidad
Título: Para enmendar el inciso (h) del Artículo 3 y el inciso (a) del Artículo 4, añadir un inciso (i) al Artículo 4 e insertar un nuevo Artículo 7 A, de la Ley 173-1996, según enmendada, conocida como la “Ley del Programa de Pareo Estatal de Arrendamiento para Viviendas de Veteranos y Subsidio de Arrendamiento y Mejoras de Vivienda para Personas de Mayor Edad con Bajos Ingresos”, a los fines de aclarar que los subsidios dispuestos por la Ley 173-1996 están disponibles para todos aquellos veteranos elegibles, residentes de la Casa Estatal del Veterano de Juana Díaz, independientemente de que esté o no recibiendo el beneficio del subsidio dispuesto al amparo de la Ley 313-2000, según enmendada, conocida como la “Ley del Programa de Subsidio de Arrendamiento para Vivienda a los Veteranos Puertorriqueños”; para establecer que todo veterano que cualifique para residir en la Casa Estatal del Veterano recibirá un subsidio mínimo de cien (100) dólares mensuales; para ampliar el derecho al subsidio de arrendamiento dispuesto por la Ley 173-1996 a aquellos veteranos elegibles de mayor edad y con bajos ingresos para que pueda ser utilizado en cualquier otra vivienda o proyecto de vivienda además de la Casa del Veterano o una casa estatal de veteranos, según el término es definido por la Ley 173-1996; para aclarar que el subsidio sobre el pago de intereses de préstamos para mejoras a la vivienda bajo la Ley 173-1996 está también disponible para los veteranos elegibles de mayor edad y con bajos ingresos; para recoger expresamente en la Ley 173-1996 el derecho a preferencia reconocido a los veteranos por la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI; para enmendar la definición del término “veterano” contenida en la en la Ley 173-1996, a los fines de aclarar el mismo; para disponer para la aprobación de reglamentación; y para otros fines relacionados.
Radicada12/01/2022
Autor(es): Keren L. Riquelme Cabrera, Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Albert Torres Berríos, Marissa Jiménez Santoni, Gregorio Matías Rosario, Nitza Morán Trinidad
Título: Para insertar un nuevo Artículo 17 a la Ley Núm. 124-1993, según enmendada, conocida como la Ley del “Programa de Subsidio para Vivienda de Interés Social”, a los fines de integrar expresamente el derecho a preferencia de los veteranos o sus cónyuges supérstites que les concede el Artículo 4 A de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, en igualdad de condiciones y si cualifican, en los programas de subsidio de vivienda establecidos al amparo de la Ley 124-1993 y sus reglamentos; renumerar el actual Artículo 17 de la Ley Núm. 124-1993 como “Artículo 18”; y para otros fines relacionados.
Radicada12/01/2022
Autor(es): Keren L. Riquelme Cabrera, Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Marissa Jiménez Santoni, Nitza Morán Trinidad, Migdalia Padilla Alvelo
Título: Para enmendar el Artículo 1; los incisos (a), (b), (e) y (f) del Artículo 2; los incisos (a) y (b) del Artículo 3; y los Artículos 4 y 6 de la Ley 313-2000, según enmendada, conocida como el “Programa de Subsidio de Arrendamiento para Vivienda a los Veteranos Puertorriqueños”, a los fines de modificar el título de la ley; modificar definiciones de varios términos; garantizar un subsidio mínimo a todos los residentes de la Casa del Veterano; aclarar la facultad del Procurador del Veterano para adoptar reglamentación; aclarar y ampliar la facultad del Procurador del Veterano para disponer de sobrantes en el Fondo de Subsidio de Arrendamiento para Vivienda; actualizar la referencia estatutaria a la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme; aclarar el lenguaje referente a la obligación de rendir informes dispuesta en la ley; y para otros fines relacionados.
Radicada01/31/2023
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Co-Autor(es): Ada García Montes, Gretchen M. Hau, Elizabeth Rosa Vélez, Ramón Ruiz Nieves
Título: Para enmendar los Artículos 3, 4, 6 y añadir los nuevos Artículos 7 y 8 a la Ley 113-2012, conocida como “Ley del Programa de Guías de Verificación de Veteranos-Dueños de Pequeños Negocios”, a los fines de disponer que será el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio la entidad encargada de administrar el Programa e impulsar el desarrollo empresarial entre los veteranos y veteranas que residen en Puerto Rico mediante el establecimiento de un acuerdo de colaboración con el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico con el objetivo de proveer servicios de asesoría y orientación a veteranos y veteranas interesados en la creación, desarrollo y fortalecimiento de empresas; disponer sobre la presentación de un Informe Anual ante la Oficina del Procurador del Veterano del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Enviado al Gobernador
Ley
Enviado al Gobernador
Ley