Radicada01/07/2021
Autor(es): José E. Meléndez Ortiz
Título: Para enmendar el Artículo 15 de la Ley 183-1998, según enmendada, conocida como “Ley de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito”, a los fines de sustituir el “Fondo Especial de Compensación a Víctimas de Delito”, por el “Fondo Rotatorio Especial de Compensación a Víctimas de Delito”, adscrito al Departamento de Justicia, el cual se constituirá independientemente y separado de cualquier otro fondo o recursos del Gobierno de Puerto Rico o del Departamento de Justicia, de acuerdo a las disposiciones de, y para los propósitos exclusivos establecidos por esta Ley, sin sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico”, ni a las de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”; enmendar el Artículo 61 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de aumentar las cuantías a pagarse por la pena especial impuesta; hacer correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2021
Autor(es): Ramón L. Cruz Burgos, Jesús M. Ortiz González, Héctor E. Ferrer Santiago, Orlando Aponte Rosario, Jessie Cortés Ramos, Jorge A. Rivera Segarra, Luis Raúl Torres Cruz, Domingo J. Torres García, Sol Y. Higgins Cuadrado, Estrella Martínez Soto
Título: Para derogar la Ley 20-2017, conocida como la “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”; reestablecer las disposiciones de la Ley 53-1996, según enmendada, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico; restablecer las disposiciones de la Ley Núm. 43 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico”; restituir las disposiciones de la Ley 211-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico”; restituir las disposiciones de la Ley 539-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Cuerpo de Emergencias Médicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; restablecer las disposiciones de la Ley 144-1994, según enmendada, conocida como “Ley de Llamadas 9-1-1”; restituir las disposiciones del Capítulo III del Plan 5-2011, mejor conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Justicia de 2011”; restituir las disposiciones del Plan de Reorganización 2-1993, según enmendado, conocido como “Comisión de Seguridad y Protección Pública”; disponer sobre los fondos federales que pudieron estar en riesgo por la aprobación del Departamento de Seguridad Pública mediante la Ley 20-2017; disponer sobre los empleados del Departamento de Seguridad Pública; disponer sobre las propiedades y equipos del Departamento de Seguridad Pública; establecer las transferencias de poderes y responsabilidades del DSP; derogar y disolver la Junta de Evaluación Médica, el Comité Ejecutivo de Seguridad de Puerto Rico y la Oficina de Manejo de Información de Seguridad; y para otros fines.
Radicada01/08/2021
Autor(es): Lydia R. Méndez Silva
Co-Autor(es): Rafael Hernández Montañez
Título: Para crear el Banco Público de Puerto Rico de Células Madres del Cordón Umbilical; establecer su política pública, sus deberes y responsabilidades, establecer la obligación de pertenecer al Registro Nacional del Programa de Cordón Umbilical (National Cord Blood Program) y del Registro del National Marrow Donor Program Network (NMDP Network), con el fin de registrar la sangre de cordón umbilical procesada por dicho Banco Público, cumpliendo con los requisitos establecidos para pertenecer a los mismos, establecer que la donación de sangre de cordón umbilical será libre de costo para el donante y los costos relacionados con el recogido, transferencia, procesamiento y almacenamiento de la sangre de cordón umbilical donada serán responsabilidad del Banco Público; establecer deberes y responsabilidades del Banco Público y fondos para la creación e implementación de dicho Banco Público; y para otros fines.
Radicada01/08/2021
Autor(es): Yashira M. Lebrón Rodríguez
Título: Para enmendar el inciso (j), del Artículo 4, de la Ley Núm. 108 de 29 de junio de 1965, según enmendada, conocida como la “Ley para Regular las Profesiones de Detectives Privados y Guardias de Seguridad en Puerto Rico”, a los fines de eliminar la prohibición dispuesta que impide que ciertas personas que ocupen un cargo o empleo público puedan obtener la licencia de detective privado; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2021
Autor(es): Yashira M. Lebrón Rodríguez
Título: Para enmendar el inciso (d) del Artículo 5.14 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, a los fines de imponer la pena de restitución a toda persona que habiendo sido decretada mediante Orden Ejecutiva una emergencia o desastre por el Gobernador de Puerto Rico, persista en realizar cualquier actividad que ponga en peligro su vida o la de otras personas, y requiera el rescate por parte de las autoridades.
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley