Radicada02/10/2021
Autor(es): Jesús Santa Rodríguez
Título: Para enmendar el Artículo 17 de la Ley 135-2014, según enmendada, conocida como “Ley de incentivos y financiamiento para jóvenes empresarios” a los fines de extender su vigencia.
Radicada02/11/2021
Autor(es): Rafael Hernández Montañez
Título: Para añadirle un nuevo Artículo 1-111 a la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; añadir un nuevo inciso (e) al Artículo 3.1 de la Ley 160-2013, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Retiro para Maestros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 12 de 19 de octubre de 1954, según enmendada, conocida como “Ley de Retiro de la Judicatura”; y enmendar el Artículo 1.5 de la Ley 106-2017, según enmendada, conocida como “Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos”, a los fines de reconocer formal y estatutariamente el derecho adquirido de los empleados públicos sobre sus pensiones de retiro, tal y como se les ha reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Radicada02/11/2021
Autor(es): Luis R. Ortiz Lugo
Título: Para enmendar la Ley Núm. 25 de 23 de abril de 1927, mejor conocida como “Ley de Picas”, a los efectos de eliminar la limitación de que las picas se realicen sólo en fiestas patronales y culturales, con el fin de estimular la economía de los municipios, y eliminar la restricción de quince (15) días por año natural como período máximo de utilización de picas en estas fiestas.
Radicada04/29/2021
Autor(es): Denis Márquez Lebrón, Jesús Santa Rodríguez, Carlos J. Méndez Núñez, Jesús M. Ortiz González, Ramón L. Cruz Burgos, Lisie Janet Burgos Muñiz, José E. Meléndez Ortiz, Mariana Nogales Molinelli, José B. Márquez Reyes
Co-Autor(es): Orlando Aponte Rosario
Título: Para enmendar los incisos (a) y (b) del Artículo 4 de la Ley Núm. 47 de 4 de junio de 1982, según enmendada, a los fines de ordenar al Secretario de Hacienda o agente de ventas autorizado que transfiera a la Sociedad para Asistencia Legal de Puerto Rico (SAL) semanalmente las cantidades que por ley le correspondan por la venta del sello adoptado mediante esta Ley, que tales fondos sean depositados en una cuenta administrada por la SAL, para que el informe que el Secretario de Hacienda debe rendir sobre el movimiento de sellos vendidos sea remitido a SAL semanalmente, y para otros fines relacionados.
Radicada04/30/2021
Autor(es): José F. Aponte Hernández
Título: Para añadir un nuevo inciso (d) a la Sección 4030.09 de la Ley 1-2011, según enmendada, a los fines de otorgar a los veteranos no residentes en Puerto Rico que interese establecer o reestablecer su residencia en Puerto Rico, una exención sobre las partidas tributables que constituyen mudanza; y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
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