Radicada01/19/2021
Autor(es): Ramón L. Cruz Burgos, Rafael Hernández Montañez, Denis Márquez Lebrón
Título: Para enmendar los Artículos 4, 6 y 8 de la Ley 14-2004, según enmendada, conocida como la “Ley para la Inversión de la Industria Puertorriqueña”, a los fines de incluir las empresas o microempresas creadas por residentes de vivienda pública en Puerto Rico, como elegibles para un porcentaje de preferencia en la adquisición de bienes y servicios por parte de los Departamentos, Agencias e Instrumentalidades del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; disponer que el caso de servicios sea de hasta un cinco por ciento (5%) mientras que en la adquisición de artículos producidos, envasados, ensamblados o que constituyan productos de Puerto Rico de una empresa de residentes de vivienda pública sea de hasta un cuatro por ciento (4%).
Radicada01/20/2021
Autor(es): Orlando Aponte Rosario
Título: Para enmendar el Art. 3.4 del “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, Ley Núm. 2-2018, según enmendada, y eliminar la Sección 6.8 de la Ley Para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, Ley Núm. 8-2017, según enmendada, con el fin de extender la prohibiciones de dicho artículo a todas las ramas de gobierno y eliminar la disposición que establece que una persona que haya sido convicta por delitos en el ejercicio de un cargo público o contra los fondos públicos pueda contratar o licitar con el Gobierno de Puerto Rico luego de cierto término tras cumplir su sentencia, y para otros fines relacionados.
Radicada01/20/2021
Autor(es): Orlando Aponte Rosario
Co-Autor(es): José B. Márquez Reyes
Título: Para establecer que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, lo cual incluye sin limitarse a las corporaciones públicas, no podrá otorgar contratos de servicios, compras, servicios profesionales, servicios de consultoría ni cualquier otro tipo de contratación a entidades jurídicas creadas dentro del término de cinco (5) años previos a la otorgación del contrato.
Radicada02/04/2021
Autor(es): Orlando Aponte Rosario
Co-Autor(es): Jessie Cortés Ramos
Título: Para enmendar el inciso 40 del Artículo 1-140 y el Artículo 2-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, mediante la cual crea el “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de incluir en la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo”, a los alguaciles adscritos a la Rema Judicial de Puerto Rico; para disponer que los funcionarios antes mencionados puedan acogerse voluntariamente al retiro luego de haber alcanzado los cincuenta y cinco (55) años y treinta (30) años de servicio, para extender por excepción la edad de retiro obligatorio para Servidores Públicos de Alto Riesgo a sesenta y dos (62) años de edad; y para otros fines relacionados.
Radicada02/05/2021
Autor(es): José M. Varela Fernández, Rafael Hernández Montañez
Co-Autor(es): Denis Márquez Lebrón, Jesús Santa Rodríguez, José A. Díaz Collazo, Jorge A. Rivera Segarra, José H. Rivera Madera, Lydia R. Méndez Silva, Luis Raúl Torres Cruz, Angel N. Matos García, Jocelyne M. Rodríguez Negrón, Mariana Nogales Molinelli, Orlando Aponte Rosario
Título: Para enmendar el Artículo 5.1 de la Ley 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, a los fines de limitar las circunstancias en las cuales podrá eximirse a un servidor público de cumplir con la obligación de someter informes financieros a la Oficina de Ética Gubernamental, y para otros fines.
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
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Ley
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