Radicada06/21/2022
Autor(es): William Villafañe Ramos, Nitza Morán Trinidad, Wanda Soto Tolentino
Título: Para crear la “Ley de Artes en Lugares Públicos de Puerto Rico” con el propósito de que el Gobierno de Puerto Rico tenga una reserva de fondos correspondiente al 0.5% o al 1% del dinero asignado para construcciones nuevas o renovaciones estructurales mayores estatales y/o municipales, para la adquisición o diseño de obras de artes a ser utilizadas en lugares y edificaciones públicas e históricas.
Radicada06/28/2022
Autor(es): Thomas Rivera Schatz, Miembros PNP
Título: Para crear la “Ley para Mitigar el Aumento en el Precio de la Energía en Puerto Rico”; establecer la política pública de asistencia financiera a la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico y a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico para enfrentar el alza en los costos de combustible y mitigar el impacto en el alza del precio de la energía eléctrica y del agua potable en Puerto Rico; ordenar a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado transferir a la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico y a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, ciertos fondos provenientes de cualquier fuente de ingresos que identifiquen; enmendar el Artículo 13 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como la “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”, para disponer que en el Año Fiscal 2022-2023 se realice una transferencia a la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico por la cantidad de ($145,000,000) y una transferencia a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados por la cantidad de veinte millones de dólares ($20,000,000) , provenientes de cualquier fuente de ingresos que identifique la Corporación del Fondo del Seguro del Estado; y para otros fines relacionados.”
Radicada07/22/2022
Autor(es): Javier Aponte Dalmau
Co-Autor(es): Elizabeth Rosa Vélez, Ramón Ruiz Nieves, Albert Torres Berríos
Título: Para enmendar el Artículo 12.026, y renumerar el actual Artículo 12.026 como 12.027, de la Ley 58-2020, conocida como el “Código Electoral de Puerto Rico”, para prohibir la entrada de armas de fuego en los centros de votación durante un proceso eleccionario, y para otros fines.
Radicada07/22/2022
Autor(es): Javier Aponte Dalmau
Co-Autor(es): Elizabeth Rosa Vélez, Ramón Ruiz Nieves
Título: Para enmendar el Articulo 6 de la Ley Núm. 99 de 24 de julio de 1952, según enmendada, conocida como la “Ley para Crear y Organizar la Oficina del Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, para aclarar el ordenamiento jurídico sobre el término de vigencia del nombramiento del contralor de Puerto Rico.
Radicada08/16/2022
Autor(es): Ramón Ruiz Nieves, José Luis Dalmau Santiago, Rubén Soto Rivera
Co-Autor(es): Albert Torres Berríos, Nitza Morán Trinidad, Ana Irma Rivera Lassén, Migdalia González Arroyo
Título: Para enmendar el sub-inciso (5), inciso A, del Artículo 5 de la Ley 237-2004, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer Parámetros Uniformes en los Procesos de Contratación de Servicios Profesionales y Consultivos para las Agencias y Entidades Gubernamentales del Estado Libre Asociado", y el inciso (h), Sección 2, del Artículo IX de la Ley 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud”, a los fines de añadir entre los requisitos para que todo asegurador u organización de servicios de salud, administrador de beneficios de farmacia (comunmente conocidos como "PBM" por sus siglas en inglés), entidad o proveedor de servicios de salud pueda contratar con cualquier instrumentalidad, dependencia o agencia del Gobierno el certificar que no posee deuda pendiente de pago o la existencia de un plan de pago de deuda, en cumplimiento y sin atrasos, con el “Plan de Práctica Médica Intramural” del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico o con las Clínicas Externas y la Clínica Dental; además, establecer un término inicial de treinta (30) días desde que el contratista certifique en la alternativa que se encuentra en un proceso contable activo de reconciliación de facturas y pagos, según dispuesto en dichas leyes, que podrá extenderse por acuerdo escrito entre las partes a otros veinte (20) días adicionales; y de no culminar dicho proceso en dichos plazos se remitirá el mismo al Comisionado de Seguros, conforme a los poderes y facultades delegados por el “Código de Seguros de Puerto Rico”, Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, y el “Código de Seguros de Salud de Puerto Rico”, Ley 194-2011, según enmendada, para que en un plazo no mayor de treinta (30) días adjudique de manera sumaria la controversia y establezca la deuda líquida y exigible a pagarse, con los intereses aplicables, así como el proceso de revisión judicial expedito de dicha determinación; y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley