Radicada05/10/2021
Autor(es): Domingo J. Torres García, Jesús M. Ortiz González, Jesús Santa Rodríguez, Juan J. Santiago Nieves
Co-Autor(es): Jessie Cortés Ramos
Título: Para crear la “Ley para garantizar la negociación colectiva”; a los fines de garantizar el funcionamiento del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la continuidad de los servicios esenciales a la ciudadanía; y para otros fines relacionados.
Radicada05/10/2021
Autor(es): Lisie Janet Burgos Muñiz
Co-Autor(es): Jocelyne M. Rodríguez Negrón
Título: Para añadir un nuevo Artículo 5.6 y renumerar el actual Artículo 5.6 como el Artículo 5.7 de la Ley Núm. 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, con el fin de crear el “Fondo Especial de Compensación para la Adquisición de Equipos y Materiales para el Negociado de la Policía de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Radicada05/10/2021
Autor(es): José M. Varela Fernández
Por Petición: Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico y su presidenta; Arq. Margarita Fron
Título: Para enmendar el Artículo 17 de la Ley Núm. 173 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta Examinadora de Ingenieros, Arquitectos, Agrimensores y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico”, con el fin de eliminar el requisito a los arquitectos en entrenamiento de presentar evidencia de haber tomado dos (2) exámenes de reválida para la renovación de su certificado; y para otros fines relacionados.
Radicada05/10/2021
Autor(es): Luis Raúl Torres Cruz, Jesús Santa Rodríguez, Orlando Aponte Rosario, Deborah Soto Arroyo, Jorge A. Rivera Segarra, José A. Díaz Collazo, Lisie Janet Burgos Muñiz
Título: Para enmendar el Artículo 2 (d) de la Ley 29-2009, según enmendada, conocida como “Ley de Alianzas Público Privadas”, para establecer que cualquier Entidad Gubernamental que suscriba un Contrato de Alianza Público Privadas tendrá que aportar capital o bienes corporales; Para enmendar el Artículo 6 (b) (ii) (F) de la Ley 29-2009, para disponer que la Entidad Gubernamental Participante será quien tendrá la responsabilidad de administrar y supervisar el contrato de alianza; para añadir el inciso (G) en el Artículo 6 (b) (ii) para garantizar que no se utilicen fondos públicos para financiar el montaje o constitución de cualquier empresa privada que se pretenda establecer bajo esta ley; y, Para enmendar el Artículo 10 (d) para disponer que la Entidad Gubernamental Participante, con la asistencia de la Autoridad de las Alianzas Público Privadas (AAPP) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), quien fiscalizará y supervisará el desempeño y el cumplimiento del contratante bajo el Contrato de Alianza; y para otros fines relacionados.
Radicada05/10/2021
Autor(es): Joel I. Franqui Atiles, José J. Pérez Cordero
Título: Para crear la “Ley de Control de Fianzas en el Suministro de Servicios Esenciales”, a los fines de disponer que los reglamentos de suministro de servicios esenciales que contengan una fianza de pago o depósito deberán permitir el pago prorrateado del monto requerido.
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley