Radicada03/12/2024
Autor(es): Rafael Hernández Montañez, Jessie Cortés Ramos, Víctor L. Parés Otero, Jesús A. Hernández Arroyo, Wilson J. Román López
Título: Para añadir un nuevo Artículo 3.4 y para enmendar los Artículos 7.1 y 7.2 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; y para enmendar el Artículo 6.016 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; a los fines de establecer la Política Pública en la Evaluación y Adjudicación de Proyectos de Infraestructura, incluyendo las escuelas y viviendas Subvencionados con Fondos Federales, así como respecto a los Proyectos Críticos Estratégicos o de Emergencia, con el propósito de tramitar con prontitud estos tipos de proyectos, a fin de promover el desarrollo económico, atender emergencias, maximizar la efectividad de los fondos federales asignados y mejorar la calidad de vida de nuestra ciudadanía; clarificar la figura del Profesional Autorizado, a fin de que sea ejercido solo por los profesionales competentes que agilicen los procesos de permisos; para viabilizar la contratación de los profesionales que dirigen las oficinas de Ordenación Territorial y de Permisos de los municipios, respectivamente, con el propósito de flexibilizar su incorporación ya sea mediante un nombramiento como empleado regular o mediante un contrato de servicios profesionales; disponer facultades, deberes y responsabilidades de la Oficina de Gerencia de Permisos, la Junta de Planificación, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico; establecer informes a la Asamblea Legislativa y al Gobernador; y para otros fines.
Radicada03/12/2024
Autor(es): Jessie Cortés Ramos, Rafael Hernández Montañez, Víctor L. Parés Otero, Jesús A. Hernández Arroyo, Wilson J. Román López
Título: Para enmendar el Artículo 2.3A, suprimir el Artículo 2.3B, reenumerar los actuales Artículos 2.3C, 2.3D y 2.3E como los Artículos 2.3B, 2.3C y 2.3D, respectivamente, para enmendar los Artículos 7.1, 7.2, 7.3, suprimir los actuales Artículos 7.4, 7.5, 7.6, 7.7, 7.8, 7.9, 7.10 y 7.11, añadir los nuevos Artículos 7.4, 7.5, 7.6, 7.7, 7.8, 7.9,7.10, 7.11, 7.12 y 7.13, y para enmendar los Artículos 14.5 y 14.11 de la Ley 161-2009, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; a los fines de redefinir los Profesionales Autorizados y los Inspectores Autorizados; establecer el Código de Ética de los Profesionales Autorizados y los Inspectores Autorizados; ampliar las auditorías y la fiscalización de dichos profesionales por parte de la Junta de Planificación y la Oficina de Gerencia de Permisos; aumentar multas y penalidades por infringir la ley; disponer el acceso de la ciudadanía al Registro de los Profesionales Autorizados y los Inspectores Autorizados; disponer deberes y responsabilidades de la Oficina de Gerencia de Permisos, la Junta de Planificación, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico; establecer informes a la Asamblea Legislativa y al Gobernador; y para otros fines.
Radicada03/12/2024
Autor(es): Víctor L. Parés Otero, Rafael Hernández Montañez, Jessie Cortés Ramos, Jesús A. Hernández Arroyo, Wilson J. Román López
Título: Para enmendar el Artículo 2.7 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; a los fines de establecer nuevos parámetros para el Sistema Unificado de Información; disponer deberes y responsabilidades de la Oficina de Gerencia de Permisos, la Junta de Planificación, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico; establecer informes a la Asamblea Legislativa y al Gobernador; y para otros fines.
Radicada03/12/2024
Autor(es): Rafael Hernández Montañez, Jessie Cortés Ramos, Víctor L. Parés Otero, Jesús A. Hernández Arroyo, Wilson J. Román López
Título: Para añadir un nuevo Artículo 8.17 a la Ley 161-2009, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; a los fines de clarificar alcances y establecer requisitos de los “Permisos de Uso Domiciliario” con el propósito de incentivar el uso de los hogares para actividades de negocio que sean acordes con las limitaciones que poseen las residencias; disponer deberes y responsabilidades de la Oficina de Gerencia de Permisos, laJunta de Planificación, la Oficina de Gerencia y Presupuesto yla Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal dePuerto Rico; establecer informes a la Asamblea Legislativa y al Gobernador; y para otros fines.
Radicada03/12/2024
Autor(es): Jessie Cortés Ramos, Rafael Hernández Montañez, Víctor L. Parés Otero, Jesús A. Hernández Arroyo, Wilson J. Román López
Título: Para añadir un nuevo Artículo 2.7A a la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; a los fines de establecer una campaña educativa permanente, denominada: “Permiso Fácil”, cuyo propósito será orientar a toda la ciudadanía sobre todos los procesos relacionados con la solicitud de permisos, las entidades y personas involucradas, requisitos y formas que deben cumplir; disponer deberes y responsabilidades de la Oficina de Gerencia de Permisos, la Junta de Planificación, la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico; establecer informes a la Asamblea Legislativa y al Gobernador; y para otros fines.
Enviado al Gobernador
Ley
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