Radicada05/11/2021
Autor(es): José A. Díaz Collazo
Por Petición: Sr. Orlando L. Moctezuma Pérez
Título: Para crear el programa “AMA en Tiempo Real”, a los fines de establecer los horarios en tiempo estimado de la transportación mediante un Sistema de Posicionamiento Global, a fin de que la ciudadanía conozca el tiempo de llegada del autobús. De igual forma, establecer los horarios específicos en la transportación mediante aplicación o por medio de letreros digitales colocados donde la estructura de las paradas así lo permita; y para otros fines relacionados.
Radicada05/12/2021
Autor(es): José E. Torres Zamora
Título: Para enmendar el Articulo 1.54; el Artículo 3.03; enmendar los artículos 17.01 al 17.04: enmendar los artículos 18.01 y 18.02 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”; para insertar un nuevo inciso (cc) y (ff) al Artículo 2, reasignar los incisos subsiguientes y enmendar el Artículo 14 de la Ley Núm. 109-1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”, a los fines de darle al Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos la autoridad y competencia de regular y fiscalizar las escuelas de conductores y establecer reglamentación para cumplir los propósitos de la Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada05/26/2021
Autor(es): Luis R. Ortiz Lugo
Co-Autor(es): José A. Díaz Collazo
Título: Para enmendar el Artículo 10.5, de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, con el fin de que se incluya las enfermedades de la piel vitíligo, psoriasis y albinismo entre las que pueden obtener la renovación de los permisos de tintes en los vehículos que pueden efectuarse en el término de seis (6) años; y para otros fines relacionados.
Radicada06/10/2021
Autor(es): Víctor L. Parés Otero
Co-Autor(es): Luis R. Ortiz Lugo
Título: Para añadir un inciso (v) al Artículo 23.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las facultades del Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico para la contratación de servicios con entes privados en aras de optimizar las funciones y operaciones que ejerce el Cuerpo de Ordenamiento del Tránsito (C.O.T.); y para otros fines relacionados.
Radicada06/14/2021
Autor(es): Ramón L. Cruz Burgos
Co-Autor(es): Domingo J. Torres García, José A. Díaz Collazo, Héctor E. Ferrer Santiago, Sol Y. Higgins Cuadrado, Jorge A. Rivera Segarra
Título: Para enmendar el Artículo 23.02 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de eliminar la multa administrativa por no pagar el importe del peaje en las autopistas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por cada ocurrencia y establecer una multa única de veinticinco (25) dólares anuales, más el monto adeudado por concepto de peajes no pagados, pagaderos al momento de renovar el marbete del vehículo; establecer que las infracciones que podrán incluirse en el cómputo para establecer la procedencia de la multa anual serán las que correspondan entre el año anterior hasta el mes anterior a la fecha de renovación del marbete de cada vehículo; y para otros fines.
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
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