Radicada06/24/2021
Autor(es): Wanda del Valle Correa
Título: Para enmendar los Artículos 4 y 6 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores”, a los fines de ampliar los derechos de los adultos mayores ubicados en los establecimientos residenciales que operan en Puerto Rico, y añadirle responsabilidades adicionales a sus familiares, en atención a los derechos aquí otorgados; enmendar los Artículos 7 y 10 de la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada, conocida como “Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada”, con el propósito de atemperar sus disposiciones, con las contenidas en la presente Ley; hacer correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.
Radicada07/15/2021
Autor(es): Er Yazzer Morales Díaz
Título: Para enmendar los Artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 212-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Préstamos y Garantía para el Establecimiento de Centros de Cuidado Diurno para Niños y Personas de Edad Avanzada, Centros de Actividades Múltiples para Personas de Edad Avanzada e Instituciones de Cuidado de Larga Duración, así como para Establecer el Fondo Rotativo para la Autogestión en Comunidades Especiales y de las Mujeres en Desventaja Económica”, con el propósito de reenfocar sus disposiciones, y para crear en el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico un Programa de Garantía de Créditos e Inversión mediante el cual se faciliten líneas de garantía o crédito para la concesión de préstamos, incentivos o cualquier otra ayuda económica para el desarrollo de los antes mencionados centros de cuidado diurno para la niñez y personas adultos mayores, centros de actividades múltiples o establecimientos de cuidado prolongado para personas adultos mayores; y para otros fines relacionados.
Radicada10/15/2021
Autor(es): José F. Aponte Hernández
Título: Para enmendar los Artículos 1.01, 1.02, 1.03, 1.04, 1.05; enmendar el título del Capítulo II; enmendar los Artículos 2.01, 2.01A, 2.02, 2.03, 2.04, 2.05, 2.08, 2.10, 2.11, 2.12, 2.13, 2.14, 2.16, 2.17, 2.19, 2.20 del Sub-Capítulo B; los Artículos 2.16, 2.17 y 2.19 del Sub-Capítulo C; el Artículo 2.20 del Sub-Capítulo D; el título del Sub-Capítulo E del Capítulo II; los Artículos 2.22 y 2.23 del Sub-Capítulo E; el título del Capítulo III; los Artículos 3.01, 3.02, los Artículo 3.08 y 3.10 del Sub-Capítulo B; el Artículo 4.01 del Capítulo IV; los Artículos los Artículos 3.08 y 3.10 del Sub-Capítulo B; Artículo 4.10 del Capítulo IV; los Artículos 5.01, 5.02 y 5.03 del Capítulo V; derogar el actual Capítulo VI y renombrar el actual Capítulo VII como Capítulo VI; se enmiendan y renumeran los actuales Artículos 7.01, 7.02, 7.03, como Artículos 6.01, 6.02 y 6.03 del nuevo Capítulo VI; se enmienda y renumera el actual título del Capítulo VIII como Capítulo VII; se enmiendan y reenumeran los actuales Artículos 8.01 y 8.02 como Artículos 7.01 y 7.02 del nuevo Capítulo VII; se deroga el actual Artículo 8.03 del Capítulo VIII; renombrar el actual Capítulo IX como nuevo Capítulo VIII; para enmendar y renombrar los actuales Artículos 9.01, 9.02, 9.03, 9.04, 9.05 como Artículos 8.01, 8.02, 8.03, 8.04, 8.05 del nuevo Capítulo VIII; y renombrar los actuales Artículos 9.06, 9.07, 9.08, 9.09, 9.10, 9.11 y 9.12 como los Artículos 8.06, 8.07, 8.08, 8.09, 8.10, 8.11 y 8.12 del nuevo Capítulo VIII de la Ley 173-2016, según enmendada, conocida como “Ley para el Licenciamiento de Establecimientos de Cuidado, Desarrollo y Aprendizaje de los Niños y Niñas en Puerto Rico” a fin de corregir y clarificar algunas de sus disposiciones; atemperarla a preceptos federales o locales que han sido enmendados o derogados conforme a los cambios y realidades sociales actuales; y para otros fines relacionados.
Radicada11/30/2021
Autor(es): José B. Márquez Reyes, Lisie Janet Burgos Muñiz, Mariana Nogales Molinelli
Por Petición: Jonathan Pitre González
Título: Para crear la “Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” a los fines de declarar la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico respecto al cuidado informal; establecer la Carta de Derechos del Cuidador Informal; crear el Registro de Cuidadores Informales en Puerto Rico; enmendar el Artículo 8, de la Ley Núm. 379 del 15 de mayo de 1948, a los fines de permitir que los cuidadores informales certificados puedan solicitar un cambio de itinerario de trabajo en sus empleos sin laborar regularmente para el patrono treinta (30) horas semanales y sin haber cumplido el término de un (1) año en el empleo, según requiere la ley actualmente; y para otros fines relacionados.
Radicada01/28/2022
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, María de Lourdes Ramos Rivera
Por Petición: Fundación Osorio Barreto
Título: Para enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley 284-2018, la cual declara el mes de enero de cada año como el “Mes de Concientización sobre Autoestima”, a los fines de declarar el primer viernes del mes de enero de cada año como el “Día de la Concientización sobre Autoestima”; promover la utilización del color amarillo como color oficial de la campaña de orientación; enfatizar en la importancia de desarrollar actividades sobre el tema de la autoestima que impacten a la niñez; y para otros fines relacionados.