Radicada01/02/2021
Autor(es): José A. Vargas Vidot, José Luis Dalmau Santiago
Co-Autor(es): Elizabeth Rosa Vélez
Título: Para crear la “Ley para la Prevención de Muertes por Sobredosis de Opioides de Puerto Rico” a los fines de establecer ciertas protecciones para personas sufriendo una sobredosis que pidan asistencia médica de emergencia; establecer ciertas protecciones para personas pidiendo asistencia médica de emergencia para una persona sufriendo una sobredosis; establecer ciertas protecciones para el uso de naloxona por parte de personas que no sean profesionales de la salud; viabilizar y establecer requisitos para crear un Programa para la Prevención de Sobredosis de Opioides; establecer ciertas protecciones para recetarios y dispensarios de naloxona; establecer la autorización y despacho de la naloxona dentro de la jurisdicción de Puerto Rico sin necesidad de receta y establecer penalidades por incumplimiento de una organización de seguros de salud, o asegurador o intermediario o tercero administrador o administrador de beneficios de farmacia que no proceda con las reclamaciones fidedignas sometidas por la farmacia respecto al pago o reembolso de la naloxona que haya sido dispensada o despachada, en cualesquiera de las modalidades autorizadas al amparo de esta Ley, por el hecho de haber dispensado naloxona sin mediar una receta o por medio de un "Standing Order"; y para otros fines.
Radicada01/02/2021
Autor(es): José A. Vargas Vidot
Co-Autor(es): Wanda Soto Tolentino, Ada García Montes
Título: Para crear la “Ley para el Catálogo de Organizaciones sin Fines de Lucro”, a los fines de disponer la creación de un catálogo que permita a la ciudadanía conocer las organizaciones sin fines de lucro activas en Puerto Rico, su información contacto y los servicios que ofrecen; promover el intercambio de información, recursos y conocimiento, así como para fomentar las alianzas, esfuerzos y donaciones; disponer la responsabilidad de crear, mantener y actualizar el catálogo a la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico; disponer la transferencia de información entre el Departamento de Estado y la ODSEC; y para otros fines relacionados.
Radicada01/02/2021
Autor(es): José A. Vargas Vidot
Co-Autor(es): Elizabeth Rosa Vélez
Título: Para crear el Observatorio de Drogas de Puerto Rico, adscrito a la Administración de Salud Mental y Servicios Contra la Adicción (ASSMCA), a los fines de recopilar la información generada por el componente gubernamental relativa a la situación de las drogas legales e ilegales en Puerto Rico, y para fomentar la toma de decisiones de manera informada, así como el diseño de políticas públicas basadas en evidencia; establecer sus funciones y facultades; crear el Comité Científico Asesor; disponer para la imposición de penalidades y la creación del Fondo Especial del Observatorio; y para otros fines.
Radicada02/02/2021
Autor(es): Henry Neumann Zayas
Co-Autor(es): Keren L. Riquelme Cabrera, Gregorio Matías Rosario, Rubén Soto Rivera
Por Petición:
Título: Para enmendar los incisos (n) y (q) del Artículo 2 y el inciso (d) del Artículo 6 de la Ley 194-2000, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente”; y el inciso (c) del Artículo 2 de la Ley 296-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Conservación de la Salud de Niños y Adolescentes de Puerto Rico”, a los fines de que la definición del término “Psicólogo” o “Sicólogo” que establecen la Ley 194, supra, y la Ley 296, supra, sean uniformes con la definición que sobre dicho término establece la Ley 408-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Salud Mental de Puerto Rico”; y enmendar el inciso (m) del Artículo 3, el inciso (a) del Artículo 4, y el inciso (d) del Artículo 6 de la Ley 220-2012, conocida como “Ley para el Bienestar, Integración y Desarrollo de las personas con Autismo”; el Artículo 2 de la Ley 239-2012, conocida como “Ley para requerir a todas las compañías aseguradoras que incluyan, como parte de sus cubiertas, servicios provistos por profesionales de la psicología capacitados por educación a nivel de maestría o doctorado”; y el sub-inciso (d) del Artículo 1.12 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, para conformarlos al estado de derecho establecido por la ley que regula la profesión de la Psicología en Puerto Rico.
Radicada02/09/2021
Autor(es): José A. Vargas Vidot, Ana Irma Rivera Lassén, María de Lourdes Santiago Negrón, Rafael Bernabe Riefkohl
Co-Autor(es): Javier Aponte Dalmau
Título: Para enmendar los Artículos 1.06 y 2.03 de la Ley 408-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Salud Mental de Puerto Rico”; y enmendar los Artículos 3 y 41 de la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, los fines de ampliar las protecciones de la salud física y mental de los menores de edad, mediante la prohibición de la práctica de la terapia de conversión sobre sus personas; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley