Radicada08/31/2021
Autor(es): José J. Pérez Cordero
Título: Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 84 de 2 de julio de 1987, según enmendada, que crea el Programa para la Detección, Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Hereditarias y el Consejo de Enfermedades Hereditarias de Puerto Rico, con el propósito de expandir las condiciones que se realizan de manera compulsoria en el cernimiento neonatal; y para otros fines relacionados
Radicada08/31/2021
Autor(es): José J. Pérez Cordero
Título: ara crear la ley de notificación electrónica a los donantes de sangre, plasma y plaquetas mediante mensaje automático, correo electrónico o vía llamada telefónica al número de contacto del donante o a través de los medios electrónicos disponibles en el récord de éste; dicha notificación se expedirá cuando los abastos de sangre en los distintos bancos que operan en la Isla se encuentren en menos de un cincuenta por ciento.
Radicada09/20/2021
Autor(es): Lisie Janet Burgos Muñiz
Título: Para enmendar el subinciso (5) del inciso (B) del Artículo 13 de la Ley 48-2020, conocida como “Ley para Regular la Ciberterapia en Puerto Rico”, a los fines de disponer que, durante la vigencia de una emergencia, debidamente declarada, los estudiantes con discapacidades del Programa de Educación Especial del Departamento de Educación, podrán recibir ciberterapia de manera individual o grupal, según la recomendación del especialista y de conformidad con su juicio clínico; y para otros fines relacionados.
Radicada09/27/2021
Autor(es): Denis Márquez Lebrón
Título: Para enmendar el Artículo 1541 de la Ley Núm. 55–2020, denominada “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de añadir un nuevo inciso (h) que establezca la responsabilidad objetiva de las organizaciones de seguros de salud por el daño que causen determinaciones realizadas en contravención con el criterio clínico de profesionales de la salud; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Radicada10/12/2021
Autor(es): Lisie Janet Burgos Muñiz
Título: Para crear la “Ley para el cuidado integral de las mujeres ante los efectos psicológicos post aborto involuntario o voluntario”; disponer sobre la creación de protocolos y reglamentos por el Departamento de Salud; establecer las obligaciones del Departamento de Salud y de los profesionales y entidades autorizadas a practicar abortos; establecer la obligación de las aseguradoras de proveer cubierta mediante los planes de salud para atender los efetos mentales o psicológicos que puedan surgir como secuelas de un aborto involuntario o voluntario; ordenar la realización de una campaña de orientación anual, y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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