Radicada09/17/2026
Autor(es): Roberto J. López Román
Título: Para crear la "Ley de la Iniciativa y Fomento Estratégico de la Computación Cuántica en Puerto Rico" u "Oportunidad Cuántica Borinqueña"; instituir el Consejo de Coordinación y Tecnologías Cuánticas de Puerto Rico (PR-QCTC); ordenar el desarrollo del Esfuerzo de Computación Cuántica para el Desarrollo de Aplicaciones y Ciencia del Descubrimiento (PR-CADDS) y el programa "Quantum Island Initiative"; viabilizar la integración de los incentivos de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico", con las políticas federales de desgravación fiscal, depreciación acelerada e inversión manufacturera avanzada de la ley federal "One Big Beautiful Bill Act" (OBBB); encomendar a la Oficina de Innovación y Tecnología de Puerto Rico (PRITS) y al Negociado de Telecomunicaciones la transición gubernamental hacia la ciberseguridad y redes post-cuánticas; mandatar a la Universidad de Puerto Rico (UPR) y al Departamento de Educación la creación del programa "Quantum-Ready Puerto Rico"; crear el Fondo de Innovación Comercial y Universitaria Cuántica (Fondo QUBIT-PR); y para otros fines relacionados.
Radicada09/24/2026
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez
Título: Para enmendar el inciso (4) del Artículo 61.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como el “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico a contratar firmas externas acreditadas, consultores, examinadores, actuarios, contadores públicos autorizados, analistas financieros, especialistas en regulación y otros recursos técnicos para asistir en la revisión, análisis, tramitación y recomendación de solicitudes, transacciones, productos de seguros, estructuras de reaseguro, asuntos actuariales, análisis de solvencia y otros asuntos regulatorios especializados sometidos por un asegurador internacional, asegurador internacional multiestatal, compañía tenedora del asegurador internacional, plan de activos segregados, afiliada, adquirente, solicitante o cualquier entidad regulada; disponer que los costos razonables de dichos servicios especializados deberán ser sufragados por el solicitante o la entidad regulada que requiera la gestión; establecer salvaguardas de transparencia, rendición de cuentas y prevención de conflictos de interés; y para otros fines relacionados.
Radicada09/24/2026
Autor(es): José M. Varela Fernández
Título: Para enmendar el inciso (l) del Artículo 5 de la Ley Núm. 115 de 2 de junio de 1976, según enmendada, conocida como “Ley Para Crear la Junta 3 Examinadora de Peritos Electricistas”, a los fines de reconocer como proveedores de educación continua certificados, sin necesidad de someter sus cursos a evaluación y autorización previa de la Junta Examinadora, a las instituciones educativas licenciadas por la Junta de Instituciones Postsecundarias de Puerto Rico y acreditadas ante el Departamento de Educación de los Estados Unidos por un mínimo de cinco (5) años que ofrezcan el programa de formación de peritos electricistas de conformidad con dicha Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada09/29/2026
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez
Co-Autor(es): Omayra M. Martínez Vázquez
Título: Para exigir que la autenticidad de las firmas de las partes contratantes en todo contrato que otorgue una entidad gubernamental, según definida en esta Ley, cuya cuantía exceda los quinientos mil dólares ($500,000), sea juramentada ante notario público autorizado a ejercer en Puerto Rico; disponer que en todo contrato que se otorgue entre una entidad gubernamental y una persona jurídica, esta deberá presentar una resolución corporativa que autorice a la persona natural firmante a representarle y obligarle en dicho contrato; disponer que el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la nulidad absoluta del contrato otorgado; ordenar la certificación previa al desembolso de fondos; disponer para la reglamentación instrumentadora de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada09/29/2026
Autor(es): Roberto J. López Román
Título: Ley del Programa de Energía Comunitaria de Puerto Rico"; establecer un marco regulatorio para la agregación de energía comunitaria; facultar a los municipios, cooperativas y alianzas comunitarias a desarrollar proyectos de generación distribuida; ordenar al Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) la creación de tarifas e incentivos especiales; promover la resiliencia de la red eléctrica mediante microrredes; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
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Ley
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