Radicada01/02/2025
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Título: Para enmendar las Secciones 1-A, 2, 3, 5, 10, 11, 12, 13, 15, 17, 18 y 19 del Artículo 1 de la Ley Núm. 73-2008, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivos para el Desarrollo Económico de Puerto Rico”; enmendar las Secciones 2, 3, 5, 5-A, 6, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 21 de la Ley Núm. 135-1997, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivos Contributivos de 1998”, a los fines de disponer que el Informe de Elegibilidad de la solicitud de incentivo sea rendido por el Director de la Oficina de Incentivos, en lugar del Director Ejecutivo de PRIDCO; eliminar el requisito de endoso del Director Ejecutivo de PRIDCO y de su Junta de Directores sobre la determinación de actividad novedosa pionera, por cuanto el peritaje lo tiene la Oficina de Incentivos del DDEC; y para otros fines relacionados.
Radicada01/02/2025
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Joanne Rodríguez Veve, Ángel Toledo López, Héctor G. González López, Roxanna I. Soto Aguilú, Wilmer Reyes Berríos, Jeison Rosa Ramos, Rafael Santos Ortiz, Luis D. Colón La Santa
Título: Para enmendar las Secciones 1020.02; 2021.03; 2022.04; 2023.02; y 2024.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de modificar criterios específicos para la otorgación de los incentivos, con el objetivo de asegurar la permanencia de médicos altamente capacitados en Puerto Rico y atraer nuevos médicos; disponer como nuevos requisitos para la otorgación de estos decretos que los médicos presten servicios a participantes del Plan Vital; y que certifiquen llevar a cabo al menos cinco (5) admisiones o consultas de pacientes presenciales semanales en instituciones hospitalarias, o que se trate de un médico enfocado exclusivamente en entornos hospitalarios, o sea parte de una franquicia o práctica contratada con los hospitales, o sea un médico con una posición de liderazgo o mejoramiento de la calidad en el hospital, entre otros; establecer un periodo de exención de quince (15) años para los médicos cualificados que posean un decreto bajo el Código, durante el cual estarán sujetos a una tasa fija preferencial de contribución sobre ingresos del doce por ciento (12%); y para otros fines relacionados.
Radicada01/02/2025
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú, Wilmer Reyes Berríos, Jeison Rosa Ramos, Luis D. Colón La Santa
Título: Para establecer la “Ley de Asuntos de la Competencia y Prácticas Comerciales”; establecer la política pública en cuanto todo acto, conducta o contrato relacionado a las prácticas que afecten la competencia comercial en la jurisdicción de Puerto Rico; derogar la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Radicada01/02/2025
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Migdalia Padilla Alvelo, Jeison Rosa Ramos
Título: Para enmendar el Artículo 9.11 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, a los fines de disponer que toda obra de reparación o reconstrucción de infraestructura realizada por un municipio por motivos de los daños causados por un evento atmosférico, se considerará “Obra Exenta”, para fines del requisito de permiso de construcción, según las disposiciones de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, y el “Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos relacionados al Desarrollo, Usos de Terrenos y Operación de Negocios”, adoptado por virtud de dicha Ley; para otros fines relacionados.
Radicada01/02/2025
Autor(es): Thomas Rivera Schatz
Co-Autor(es): Héctor G. González López, Gregorio Matías Rosario, Brenda Pérez Soto, Wanda Soto Tolentino, Wilmer Reyes Berríos, Joanne Rodríguez Veve
Título: Para enmendar los Artículos 8.16 y 9.11 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como "Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico", a los fines de establecer un proceso de auto certificación para la obtención de permisos de usos para las PYMES; disponer que toda obra que se vaya a llevar a cabo por cualquier entidad gubernamental para reparar o reconstruir infraestructura afectada por un evento natural se considerará "Obra Exenta" para fines de los permisos de construcción, según las disposiciones de dicha Ley y el Reglamento Conjunto adoptado por virtud de esta; y para otros fines relacionados.
Ley
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Enviado al Gobernador
Ley