Radicada02/21/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Por Petición:
Título: Para enmendar el Artículo 16.1 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como "Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004", a los fines de fijar en tres (3), las personas que integran el Comité de Supervisión; y para otros fines relacionados.
Radicada04/09/2025
Autor(es): Jeison Rosa Ramos
Co-Autor(es): Wilmer Reyes Berríos, Karen M. Román Rodríguez, Héctor G. González López, Gregorio Matías Rosario
Título: Para enmendar los artículos 3, 4, 5, 6, 9, 12 y 13 de la Ley 198-2002, según enmendada, conocida como “Ley Habilitadora del Fondo de Inversión y Desarrollo Cooperativo”, a los fines de promover que la antes mencionada corporación sin fines de lucro invierta en: (1) actividades y proyectos que propendan a promover la participación del veterano puertorriqueño en la experiencia cooperativa para lograr un desarrollo integrado en el plano educativo, social y económico; (2) en actividades y proyectos que propendan al crecimiento económico y la creación de empleos de grupos de personas ex confinadas, en aras de entrelazar el modelo cooperativo con el derecho a la rehabilitación que tiene esta población, en un esfuerzo que fomente y desarrolle la cultura y filosofía cooperativista en ellos; y (3) en actividades y proyectos que propendan a promover la participación de la juventud en la experiencia cooperativa; disponer que luego de las distribuciones correspondientes, todo sobrante del Fondo podrá ser donado, total o parcialmente, para el auspicio de internados en empresas de base cooperativa a estudiantes subgraduados y graduados del Instituto de Cooperativismo, adscrito a la Facultad de Ciencias Sociales del Recinto de Río Piedras de Universidad de Puerto Rico, conforme a las disposiciones de la Ley 215-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Promoción de Internados Cooperativistas de Puerto Rico”; proveer para que el certificado de incorporación del Fondo contemple que estará sujeto a revisión y a cambios, periódicamente, según se enmiende esta Ley o se puedan crear, enmendar o derogar otras leyes que incidan sobre la misma; enmendar el Artículo 4 de la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”; enmendar el Artículo 7 de la Ley 340-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Fondo Permanente de Becas para estudiantes universitarios matriculados en un Programa de Bachillerato en el área del Cooperativismo”; y enmendar el Artículo 2 de la Ley 215-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Promoción de Internados Cooperativistas de Puerto Rico”, con el propósito de atemperar las antes mencionadas leyes con las disposiciones de la presente Ley; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relaciona
Radicada05/05/2026
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Por Petición:
Título: Para enmendar los artículos 5.09 y 10.01 de la Ley 255-2002, según enmendada, conocida como “Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002”, con el propósito de eliminar el uso de lenguaje sexista y promover la igualdad de género; y para otros fines relacionados.
Radicada01/31/2025
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez, Christian Muriel Sánchez
Título: Para ordenar a la Comisión de Cooperativismo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la promoción, organización, supervisión, inspección, reorganización y disolución de cooperativas; el movimiento cooperativista en sus distintas dimensiones, tales como consumo, ahorro, crédito, financiamiento, producción, vivienda y de cualesquiera otra naturaleza, pero dentro de la filosofía cooperativista, incluyendo a su vez estudios y evaluación de problemas y situaciones que afecten en una forma u otra la estabilidad, desarrollo, progreso y bienestar del cooperativismo.
Radicada07/21/2025
Autor(es): Lilibeth Rosas Vargas
Título: Para ordenar a la Comisión de Cooperativismo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación comprensiva sobre los programas de Cooperativas Juveniles en Puerto Rico; su desarrollo, logros e impacto en el bienestar económico y social del país, incluyendo, pero sin limitarse a, estudios operacionales, estadísticos, participación en programas federales y estatales, áreas y necesidades programáticas, cumplimiento con sus deberes ministeriales, así como el funcionamiento y efectividad de las entidades cooperativistas en la Isla; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley