Radicada06/29/2026
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: Para enmendar los Artículos 2.035 y 2.040 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de aclarar la evaluación de experiencia en la contratación municipal; y para otros fines relacionados.
Radicada06/30/2026
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: Para añadir un nuevo Artículo 2.033-A a la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de autorizar el uso temporero condicionado de facilidades municipales para servicios de bienestar animal; y para otros fines relacionados.
Radicada06/30/2026
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: Para enmendar los Artículos 2.030 y 2.033 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de autorizar prioridad a entidades sin fines de lucro de bienestar animal en el arrendamiento, cesión o uso de propiedad municipal disponible; y para otros fines relacionados.
Radicada06/30/2026
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: Para enmendar los Artículos 2.097 y 2.098 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer un proceso escalonado de evaluación presupuestaria municipal ante la Oficina de Gerencia Municipal, adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto; requerir la presentación de información presupuestaria preliminar previo a la radicación formal del presupuesto municipal; armonizar los términos aplicables al proceso de radicación, examen y recomendaciones sobre el presupuesto municipal; fortalecer la transparencia fiscal, la sana administración pública y la preparación de presupuestos municipales balanceados; y para otros fines relacionados.
Radicada08/17/2026
Autor(es): Jamie Barlucea Rodríguez
Por Petición:
Título: Para enmendar los Artículos 2.035 y 2.036 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de requerir que la contratación de promotores, productores, representantes, intermediarios o personas naturales o jurídicas que gestionen, coordinen o contraten artistas, espectáculos o entretenimiento para actividades artísticas, culturales, recreativas, festivales, fiestas patronales o actividades análogas sufragadas, total o parcialmente, con fondos públicos municipales se realice mediante Solicitud de Propuestas (RFP) a través de las respectivas Juntas de Subastas; establecer criterios para la evaluación y adjudicación de dichas propuestas; disponer una excepción para la contratación directa de artistas, agrupaciones artísticas o proveedores de entretenimiento cuando la prestación sea de naturaleza personalísima; delimitar la aplicación de determinadas exclusiones al procedimiento competitivo; y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley