Radicada02/21/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Por Petición:
Título: Para enmendar el Artículo 16.1 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como "Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004", a los fines de fijar en tres (3), las personas que integran el Comité de Supervisión; y para otros fines relacionados.
Radicada02/25/2025
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: “Para establecer la “Ley Habilitadora del Fondo de Inversión para el Empresarismo Comunitario y Cooperativo, establecer la composición de su junta, establecer los principios de su operación y sustentabilidad y para otros fines.”
Radicada02/25/2025
Autor(es): Jeison Rosa Ramos
Co-Autor(es): Brenda Pérez Soto, Wilmer Reyes Berríos, Rafael Santos Ortiz, Héctor G. González López, Karen M. Román Rodríguez
Título: (4) del inciso (b) de la Sección 2100.01 del Capítulo 10 de la Ley 60-2019, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico" para eliminar los requisitos de estudios académicos como condición para cualificar para el programa de internado, extender el beneficio de incentivos a jóvenes empresarios de tres (3) a cinco (5) años; y para otros fines relacionados.”
Radicada03/10/2025
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: “Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 7 de 4 de marzo de 1955, según enmendada, conocida como “Exención Contributiva de Zonas Históricas” y el Artículo 5.01 de la Ley Núm. 83 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como “Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad de 1991”, a los fines de excluir de la exención por concepto de zonas históricas a todo Individuo Residente Inversionista, según definido bajo la Sección 1020.02 de la Ley 60-2019, según emendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.”
Radicada03/19/2025
Autor(es): Thomas Rivera Schatz, Miembros PNP -
Título: Para añadir un nuevo inciso (24) del Artículo 61.020; renumerar los subsiguientes incisos y añadir un nuevo Artículo 61.051 a la Ley Núm. 77 del 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, para crear las Subclases 3-M, 4-M y 5-M, aplicables a los aseguradores internacionales que suscriban o asuman riesgos en reaseguro residentes, localizados o a ejecutarse en otro estado o territorio de Estados Unidos; alinear los parámetros de regulación bajo los cuales estas subclases podrán hacer negocios de seguros en otro estado o territorio de Estados Unidos conforme los estándares uniformes de regulación de solvencia financiera promulgados por la “National Association of Insurance Commissioners” (NAIC); y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
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Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
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