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 Prontuario de Leyes 
Ley 68 del 16 de julio de 2020
16 de julio de 2020
Ley Núm. 68-2020
Para enmendar el Artículo 1; enmendar los incisos (a) y (b), añadir los incisos (c), (d), (f) y (g) y renumerar el inciso (c) como inciso (e) en el Artículo 2; enmendar los Artículos 3, 4, 5; enmendar el inciso (b) del Artículo 6; enmendar los Artículos 7, 8, 9, 10, 11 y 12; añadir un nuevo Artículo 13 y un nuevo Artículo 14; renumerar los Artículos 13, 14 y 15 como Artículos 15, 16 y 17, respectivamente; de la Ley 168-2018, conocida como “Ley para el uso de la Telemedicina en Puerto Rico”, a los fines de incluir la práctica de Telesalud en Puerto Rico para profesionales de la salud adicionales; autorizar a las Juntas Examinadoras u Organismos Rectores de varias profesiones de la salud a reglamentar y emitir la certificación correspondiente para la práctica de Telesalud en Puerto Rico; autorizar la práctica de la Telemedicina y Telesalud en Puerto Rico sin necesidad de Certificación, mientras dure la emergencia decretada por el COVID-19; disponer que las compañías de seguros de salud, aseguradoras, organizaciones de servicios de salud, administradores o manejadores de beneficios de farmacia, la Administración de Seguros de Salud (ASES) y entidades afines contratadas por estos, vendrán obligadas, en aquellos casos aplicables, a pagar por los servicios prestados a los pacientes por vía de la tecnología propia a la telemedicina o telesalud; y para otros fines relacionados.





  • Enmienda Art. 1; enmienda Art. 2 (a) y (b), añade incisos (c), (d), (f) y (g) y renumera inciso (c) como (e); enmienda Arts. 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12; añade nuevos Arts. 13 y 14; y se renumera Arts. 13 al 15 como Arts. 15, 16 y 17, respectivamente.




PS1596



 
  


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