Ley 13-2026
Título:Para enmendar el Artículo 13 de la Ley 129-2020, mejor conocida como "Ley de Condominios de Puerto
Rico", a los fines de establecer que la administración de todo bien imnueble deberá notificar el
reglamento a los agentes o corredores de bienes raíces según definidos por la Ley 10-1994, según
enmendada, conocida como "Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces y la Profesión de
Corredor, Vendedor o Empresa de Bienes Raíces en Puerto Rico", o a un potencial comprador; y para
otros fines relacionados.
Documento(s)
- Ley
- 0013c0247.docx
Trámites
- 01/15/2025
Radicado- 01/16/2025
- Aparece en Primera Lectura de la Cámara
- 01/16/2025
- Referido a Comisión(es)
- 08/28/2025
- Reunión Ejecutiva: Oficina de la Comisión
- 08/29/2025
1er Informe Comisión rendido con enmiendas - 08/29/2025
Entirillado del Informe - 08/29/2025
- Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
- 09/04/2025
- En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
- 09/04/2025
- Aprobado con enmiendas del informe
- 09/04/2025
- Aprobado con enmiendas en sala
- 09/04/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final- 09/04/2025
Texto de Aprobación Final enviado al Senado - 09/08/2025
- Aparece en Primera Lectura del Senado
- 09/08/2025
- Referido a Comisión(es)
- 11/05/2025
1er Informe Comisión rendido con enmiendas - 11/05/2025
Entirillado del Informe - 11/05/2025
- Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
- 11/10/2025
- En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
- 11/10/2025
- Aprobado con enmiendas del informe
- 11/10/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final- 11/18/2025
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas- 11/18/2025
Se dispone que sea enrolado - 11/18/2025
- Firmado por el Presidente de la Cámara
- 11/20/2025
- Firmado por el Presidente del Senado
- 12/08/2025
- Enviado a la Gobernadora
- 01/06/2026
Ley Núm. 13
Enmienda(s)
- Enmienda Ley 129-2020
- Enmienda artículo 13.