Ley 21-2025
Título:Para enmendar el Artículo 2.006 de la Ley 201-2003, según enmendada, conocida como “Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2003” a los fines de requerir que sea parte inherente del sistema de educación judicial, ofrecer adiestramientos en el tema de Violencia Doméstica a todos los jueces y juezas del Tribunal General de Justicia y que el adiestramiento sea ofrecido al menos dos (2) veces al año por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres; y para otros fines relacionados.
Documento(s)
Trámites
- 03/19/2025
Radicado- 03/19/2025
- Aparece en Primera Lectura del Senado
- 03/19/2025
- Referido a Comisión(es)
- 04/07/2025
1er Informe Comisión rendido con enmiendas- 04/07/2025
- Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
- 04/07/2025
Entirillado del Informe- 04/10/2025
- En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
- 04/10/2025
- Aprobado con enmiendas del informe
- 04/10/2025
Aprobado por el Senado en Votación Final- 04/10/2025
Texto de Aprobación Final enviado a la Cámara- 04/28/2025
- Referido a Comisión(es)
- 04/28/2025
- Aparece en Primera Lectura de la Cámara
- 05/02/2025
1er Informe Comisión rendido con enmiendas- 05/02/2025
- Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
- 05/02/2025
Entirillado del Informe- 05/05/2025
- En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
- 05/05/2025
- Aprobado con enmiendas del informe
- 05/05/2025
Aprobado por Cámara en Votación Final- 05/12/2025
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas- 05/12/2025
Se dispone que sea enrolado- 05/28/2025
- Firmado por el Presidente del Senado
- 05/29/2025
- Firmado por el Presidente de la Cámara
- 05/30/2025
- Enviado a la Gobernadora
- 06/02/2025
Ley Núm. 21
Enmienda(s)
- Enmienda Ley 201-2003
- Enmienda artículo 2.006