Ley 216-2026
Título:Para enmendar el subinciso (4) del inciso A, el subinciso (4) del inciso B y el subinciso (4) del inciso C del Artículo 8, añadir un nuevo Artículo 8-A a la Ley Núm. 115 de 2 de junio de 1976, según enmendada, conocida como "Ley de la Junta Examinadora de Peritos Electricistas" a los fines de aclarar los parámetros del requisito de
antecedentes penales que se solicita para obtener el certificado de aprendiz de perito electricista, la licencia de ayudante de perito electricista o la licencia de perito electricista; y para otros fines relacionados.
Documento(s)
- Informe Estimado de Impacto Fiscal
- Informe 2026-324_PC 818.pdf
Trámites
- 08/25/2025
Radicado- 08/25/2025
- Referido a Comisión(es)
- 08/25/2025
- Aparece en Primera Lectura de la Cámara
- 05/28/2026
1er Informe Comisión rendido con enmiendas - 05/28/2026
Entirillado del Informe - 05/28/2026
- Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
- 06/01/2026
- En el Calendario de Ordenes Especiales de la Cámara
- 06/01/2026
- Aprobado con enmiendas del informe
- 06/01/2026
- Aprobado con enmiendas en sala
- 06/01/2026
Aprobado por Cámara en Votación Final- 06/01/2026
Texto de Aprobación Final enviado al Senado - 06/04/2026
- Aparece en Primera Lectura del Senado
- 06/04/2026
- Referido a Comisión(es)
- 09/22/2026
1er Informe Comisión rendido con enmiendas - 09/22/2026
Entirillado del Informe - 09/22/2026
- Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
- 10/01/2026
- En el Calendario de Ordenes Especiales del Senado
- 10/01/2026
- Aprobado con enmiendas del informe
- 10/01/2026
Aprobado por el Senado en Votación Final- 10/08/2026
Cuerpo de Origen concurre con enmiendas- 10/08/2026
Se dispone que sea enrolado - 10/08/2026
- Firmado por el Presidente de la Cámara
- 10/14/2026
- Firmado por el Presidente del Senado
- 10/19/2026
- Enviado a la Gobernadora
- 10/29/2026
Ley Núm. 216
Enmienda(s)
- Enmienda Ley Núm. 115 de 2 de junio de 1976
- Enmienda subinciso (4) inciso A, subinciso (4) inciso B, y subinciso (4) inciso C del artículo 8. Añade nuevo artículo 8-A.