Radicada06/20/2025
Autor(es): Héctor J. Sánchez Álvarez
Co-Autor(es): Wilmer Reyes Berríos, Luis D. Colón La Santa, Rafael Santos Ortiz, Brenda Pérez Soto, Karen M. Román Rodríguez
Título: “Para enmendar los artículos 2 y 30 de la Ley 59-2022, conocida como “Ley de la Junta Examinadora de Maestros y Oficiales Plomeros y del Colegio de Maestros y Oficiales Plomeros de Puerto Rico”, a los fines de incluir al oficial plomero como persona debidamente autorizada por Ley junto al maestro plomero, para expedir certificaciones sobre instalaciones y/o reinstalaciones comerciales, industriales y/o residenciales de gas licuado de petróleo, gas natural y otros productos peligrosos conducidos por tuberías; y para otros fines relacionados.”
Radicada06/24/2025
Autor(es): Nitza Moran Trinidad
Co-Autor(es): Héctor G. González López
Título: Para declarar el mes de noviembre de cada año como el "Mes de la Planificación en Puerto Rico"; proveer para que la Junta de Planificación de Puerto Rico, la Escuela Graduada de Planificación de la Universidad de Puerto Rico y la Sociedad Puertorriqueña de Planificación, en colaboración con otros organismos privados y entidades públicas, adopten las medidas necesarias para la consecución de los objetivos de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada06/27/2025
Autor(es): Carmelo Ríos Santiago
Título: Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra”, para atemperar el sueldo de los miembros de la Junta de Libertad Bajo Palabra al de otras entidades gubernamentales con funciones cuasijudiciales; y para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 13 de 24 de junio de 1989, según enmendada, conocida como “Ley para Fijar el Sueldo del Gobernador y de Otros Funcionarios de Gobierno”, para ampliar la lista de Funcionarios a los que el Gobernador tiene la facultad de asignarle un diferencial de hasta una tercera (1/3) parte de su sueldo; y para otros fines relacionados.
Radicada08/20/2025
Autor(es): María de Lourdes Santiago Negrón, Adrián González Costa
Título: “Para crear la “Ley para el Rescate Público del Sistema Eléctrico de Puerto Rico”, con el fin de establecer la nueva política sobre el control y manejo de los activos, facultades, operaciones y contrataciones de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE); enmendar los artículos 1.3, 1.7, 1.8, 1.9 y 1.16 de la Ley Núm. 17-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico” con el fin de que el Pueblo de Puerto Rico retome el control sobre la AEE; enmendar el artículo 6.6 y 6.35 de la Ley Núm. 57-2014, según enmendada, conocida como la “Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico” con el fin de evitar monopolios de compañías privadas en la industria energética de Puerto Rico y evitar situaciones de conflicto de intereses en el Negociado de Energía; enmendar las Secciones 4, 4A, 5, 6, 7 y 19 y añadir las Secciones 7.1, 7.2, 7.3, 7.4, 7.5, 7.6 y 7.7 a la Ley Núm. 83 de 2 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico” con el fin de reestructurar y reorganizar el cuerpo rector de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico para asegurar una gobernanza participativa, transparente y totalmente independiente de la política partidista e intereses ajenos al bien común; establecer prohibiciones y obligaciones, la imposición de penas y, las reglas para la elección de los representantes de los consumidores en la Junta de Gobierno para que ésta sea efectiva, transparente, democrática y sobre todo, más representativa de la sociedad puertorriqueña e incluir el principio del mérito en el proceso de reclutamiento, selección y administración de recursos humanos; derogar la Ley Núm. 120-2018, según enmendada, conocida como la “Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.”
Radicada08/20/2025
Autor(es): María de Lourdes Santiago Negrón, Adrián González Costa
Título: “Para enmendar el Artículo 1.6 de la Ley 17-2019, conocida como “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico”, y los Artículos 2.3 y 2.13 de la Ley Núm. 82-2010, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Diversificación Energética por Medio de Energía Renovable Sostenible y Alterna en Puerto Rico”, con el fin de restablecer el estado de derecho sobre la quema de carbón como fuente para la generación de energía en Puerto Rico; y otros fines relacionados.”
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley