Radicada01/08/2021
Autor(es): Angel N. Matos García
Título: Para enmendar el Artículo 2.05 de la Ley 24-2017, según enmendada, conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, a los fines de restituir el Día de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico como día feriado para los empleados públicos; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2021
Autor(es): José B. Márquez Reyes, Mariana Nogales Molinelli
Co-Autor(es): Orlando Aponte Rosario
Título: Para crear la “Ley para Prohibir los Donativos a Partidos o Candidatos Políticos por parte de Contratistas Gubernamentales y Obligar a Contratistas del Gobierno a Divulgar sus Donativos y Gastos Políticos”; a los fines de prohibir los donativos a partidos o candidatos políticos por parte de contratistas gubernamentales, obligar a potenciales contratistas y contratistas gubernamentales divulgar sus donativos y gastos políticos, crear el “Registro de donativos y gastos de contratistas gubernamentales”; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2021
Autor(es): José B. Márquez Reyes, Mariana Nogales Molinelli
Co-Autor(es): Denis Márquez Lebrón, Orlando Aponte Rosario
Título: Para enmendar la “Ley para Prohibir el Nepotismo en el Nombramiento de Funcionarios y Empleados de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico”, a los fines de eliminar la facultad de los Presidentes de las Cámaras Legislativas de eximir a personas de las disposiciones de la ley; para añadir un nuevo inciso (t) al Artículo 4.2 de la “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, a los fines de ampliar la limitación a todo servidor público en la Rama Ejecutiva de contratar con familiares de los funcionarios principales de las Ramas Ejecutiva y Legislativa.
Radicada01/08/2021
Autor(es): Yashira M. Lebrón Rodríguez
Título: Para enmendar las Secciones 2, 3 y 12; para añadir una nueva Sección 9; y para renumerar las Secciones 9, 10, 11 y 12 como las Secciones 10, 11, 12 y 13 respectivamente de la Ley Núm. 18 de 21 de septiembre de 1983, según enmendada, conocida como “Ley de Compra y Venta de Metales y Piedras Preciosas”, a los fines de aclarar que la licencia concedida en esta Ley será de carácter personal e intransferible y solo será válida para el local para la cual se solicite dicha licencia; establecer que se prohíbe la compra y venta de metales preciosos o piedras preciosas fuera de los locales autorizados por el Secretario de Hacienda; establecer que toda persona dueña de un local que permita, facilite y/o tolere la compra de metales preciosos o piedras preciosas a cualquier persona sin una licencia vigente, en sus facilidades, se expondrá a las penalidades que establece esta Ley; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2021
Autor(es): Víctor L. Parés Otero
Título: Para añadir un Artículo 15A a la Ley Núm. 125 de 7 de mayo de 1942, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico”, a los fines de exigir que toda compañía naviera u cualquier otra que arriende muelles pertenecientes a la Autoridad de los Puertos tenga que someter un informe electrónico trimestral sobre las operaciones comerciales de carga que realiza; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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