Radicada03/18/2022
Título: Lcda. Marimer Haydee Alvarez Ortiz para un ascenso como Fiscal Auxiliar II
Radicada04/23/2024
Título: Lcda. Miriam Margarita Stefan Acta como Jueza Municipal del Tribunal de Primera Instancia
Radicada01/04/2021
Autor(es): José M. Varela Fernández
Título: Para enmendar los Artículos 1 y 9 y añadir un Artículo 7a la Ley Núm. 82 del 31 de mayo de 1972, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para crear Junta Examinadora y Colegio de Nutricionistas y Dietistas”, para definir los centros de nutrición y requerir que sea mandatorio que todo centro establecido en Puerto Rico en el que se interpreten y apliquen conocimientos científicos sobre nutrición para la selección y preparación de alimentos, planificación de menús y dietas, y organización y dirección de servicios de alimentación, y/o en el que se prepare, elabore, fabrique, empaque, reempaque, sirva, o procese en forma alguna suplementos y/o bebidas nutricionales para consumo humano, cuente con al menos un nutricionista-dietista, según definido en la propia ley; establecer penalidades, entre otras.
Radicada01/04/2021
Autor(es): José M. Varela Fernández
Título: Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 10, derogar el Artículo 6 y reenumerar los actuales Artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 como los Artículos 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de la Ley 160-2001, conocida como “Ley de Declaración Previa de voluntad sobre tratamiento médico en caso de sufrir una condición de salud terminal o de estado vegetativo persistente”, a los fines de cambiar su título a “Ley de Declaración Previa de voluntad sobre tratamiento médico”, y enmendarla para atemperarla al desarrollo jurisprudencial experimentado por nuestro derecho, integrar enmiendas técnicas para conciliar este estatuto con la reformulación doctrinal propuesta; proveer mecanismos sobre la revocación oral; y para otros fines relacionados.
Radicada01/04/2021
Autor(es): José M. Varela Fernández
Título: Para enmendar el inciso (c) del Artículo 5.11 de la Ley 247-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Farmacia de Puerto Rico”, con el propósito de fomentar la investigación biológica, al atemperar la regulación estatal a las realidades de la ciencia moderna; y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley