Radicada01/04/2021
Autor(es): José M. Varela Fernández
Co-Autor(es): Orlando Aponte Rosario, Jesús Santa Rodríguez
Título: Para enmendar el Artículo 2.058 de la Ley 107-2020, conocida como “Nuevo Código Municipal”, para disponer que no se efectuarán pagos globales ni parciales a alcaldes, cuyas licencias de vacaciones o enfermedad excedan los sesenta (60) días o los noventa (90) días, respectivamente, según establecido en dicho estatuto; para establecer que la licencia de enfermedad deberá disfrutarse en los casos que corresponda, a tenor con la definición y condiciones aplicables contenidas en el cuerpo de la ley; y que la de vacaciones en exceso a lo aquí dispuesto, deberá disfrutarse durante los primeros seis (6) meses del año natural siguiente, por lo que no se liquidará mediante pago.
Radicada01/04/2021
Autor(es): José M. Varela Fernández
Título: Para eximir al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico del pago de las contribuciones sobre las propiedades adquiridas mediante ejecución, dación en pago o cualquier otra forma de adquisición forzosa; para facultar y ordenar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales a condonar la deuda que por contribuciones sobre la propiedad grava toda propiedad adquirida o en vía de adquirirse por el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, mediante los procedimientos de ejecución de hipoteca, dación en pago o cualquier otro método de adquisición.
Radicada01/05/2021
Autor(es): Angel R. Peña Ramírez
Título: Para enmendar el inciso (f) del Artículo 3.026 de la Ley 107-2020, conocida como el Código Municipal de Puerto Rico, con el fin de incluir entre los rangos de las Policías Municipales los rangos de Teniente I y Teniente II; eliminar el rango de Teniente; y para otros fines relacionados.
Radicada01/05/2021
Autor(es): Er Yazzer Morales Díaz
Título: Para enmendar los artículos 1.039 y 1.041 de la Ley 107-2020, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las facultades y deberes generales de las legislaturas municipales, en cuanto a la realización de auditorías e investigaciones, incluyendo audiencias públicas, reuniones ejecutivas e inspecciones oculares, la administración de juramentos, toma de deposiciones, requerimientos de documentos, datos u otras informaciones y la emisión de citaciones bajo apercibimiento de desacato, entre otros poderes; y disponer que todo proyecto de ordenanza y de resolución a ser presentado en cualquier Legislatura Municipal, sea debidamente numerado de forma correlativa y cronológica, para poder ser considerado por dicho Cuerpo; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, con el propósito de otorgarle a la Oficina de Gerencia Municipal, la responsabilidad de establecer un sistema central de base de datos electrónico, a través del cual se hará de dominio público, las ordenanzas y resoluciones aprobadas por las legislaturas municipales, la información financiera, los planes de clasificación de puestos y retribución y los presupuestos municipales, entre otros documentos relevantes, que permitan a la ciudadanía conocer la gestión administrativa, financiera y operacional de todos los ayuntamientos de la Isla; y para otros fines relacionados.
Radicada01/05/2021
Autor(es): Gabriel F. Rodríguez Aguiló
Título: Para añadir un nuevo Artículo 2.22 y renumerar el actual Artículo 2.22 como el Artículo 2.23 de la Ley 20-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, con el fin de facultar al Negociado de la Policía de Puerto Rico, mediante el establecimiento de acuerdos de integración a recibir voluntariamente integrantes de los cuerpos de policías municipales que cumplan con las reglamentaciones que adopte el Departamento de Seguridad Pública al respecto; y para otros fines.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley