Radicada05/26/2023
Autor(es): Joanne Rodríguez Veve
Co-Autor(es): Ramón Ruiz Nieves
Por Petición: Asociación de Industriales de Puerto Rico
Título: Para enmendar los Artículos 1.018, 7.200, 7.203, 7.204, 7.208, 7.209, 7.210, 7.238, 7.239 y 7.249, y derogar los Artículos 7.207, 7.212 al 7.237 y 7.240 al 7.245 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; reenumerar el Artículo 7.208 como 7.207, el Artículo 7.209 como 7.208, el Artículo 7.210 como 7.209, el Artículo 7.211 como 7.210, el Artículo 7.238 como 7.211, el Artículo 7.239 como 7.212, los Artículos del 7.246 al 7.249 como 7.213 al 7.216 y los Artículos del 7.250 al 7.306 como artículos 7.217 al 7.273, todos de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; enmendar las Secciones 1061.20, 1061.23 y 6010.02 y añadir las Secciones 6080.17 y 6080.17A a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; y enmendar la Sección 6011.05 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico” a los fines de fijar un nuevo esquema regulador para la administración del pago de patentes municipales en Puerto Rico; para la creación del Fondo de Patente Municipal; para establecer la política pública en cuanto al futuro del impuesto sobre ventas y uso; y para otros fines relacionados.
Radicada06/01/2023
Autor(es): José Luis Dalmau Santiago
Co-Autor(es): Keren L. Riquelme Cabrera, Héctor L. Santiago Torres, Albert Torres Berríos, Rubén Soto Rivera, Rosamar Trujillo Plumey, Elizabeth Rosa Vélez, Ramón Ruiz Nieves, Javier Aponte Dalmau
Título: Para enmendar el Artículo 30.040 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de reducir de seis (6) años a dos (2) años el término para que un asegurador, terceros administradores (TPA), administradores de beneficios de farmacia u organización de servicios de salud pueda solicitar el reembolso de una reclamación no procesable previamente pagada al proveedor; establecer excepciones; y para otros fines relacionados.
Radicada06/02/2023
Autor(es): Thomas Rivera Schatz, Miembros PNP
Co-Autor(es): Héctor L. Santiago Torres, Albert Torres Berríos
Título: Para enmendar las Secciones 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10 , 11, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22 y 23 la Ley Núm. 52 de 11 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley Reguladora del Centro Bancario Internacional”, a los fines de aumentar el cargo para solicitar y renovar la licencia; aclarar que el proponente será responsable de los gastos de investigación que se generen como consecuencia de su solicitud; aumentar la cantidad de activos libre de gravámenes o garantías financieras; aumentar los derechos de licencia anual por oficina; atemperar a la realidad actual el requisito de capital pagado; establecer un cargo por transferencia de control de más de un diez por ciento; disponer el procedimiento de reconsideración y revisión judicial para atender cualquier denegación de permiso o de solicitud de licencia; y para otros fines relacionados.”
Radicada06/02/2023
Autor(es): Thomas Rivera Schatz, Miembros PNP
Co-Autor(es): Héctor L. Santiago Torres, Albert Torres Berríos
Título: “Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, se deroga el Artículo 28 y se añaden nuevos Artículos 29 y 30 a la Ley Núm. 273-2012, según enmendada, conocida como “Ley Reguladora del Centro Financiero Internacional”, a los fines de aumentar el cargo para solicitar y renovar la licencia; aclarar que el proponente será responsable de los gastos de investigación que se generen como consecuencia de su solicitud; aumentar la cantidad de activos libre de gravámenes o garantías financieras; aumentar los derechos de licencia anual por oficina; atemperar a la realidad actual el requisito de capital pagado; aprobar y supervisar las actividades que lleven a cabo las entidades financieras internacionales relacionadas a las monedas virtuales; establecer un cargo por transferencia de control de más de un diez por ciento; disponer el procedimiento de reconsideración y revisión judicial para atender cualquier denegación de permiso o de solicitud de licencia; y para otros fines relacionados.”
Radicada06/07/2023
Autor(es): Javier Aponte Dalmau
Título: Para enmendar el Artículo 7A de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como la Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor para incluir en la Carta de Derechos del Consumidor el requerir que todo negocio que ofrezca sus productos deba colocar en un lugar visible el costo del producto o servicio que ofrece a sus consumidores y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
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Ley
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