Radicada01/09/2023
Autor(es): José B. Márquez Reyes, Mariana Nogales Molinelli
Por Petición: de la estudiante Adriana Paola Negrón Cruz
Título: Para crear la “Ley para el Establecimiento de Centros de Cuidado Infantil en las Empresas Privadas de Puerto Rico”, promover el acceso al cuidado infantil en las empresas privadas y establecer centros de cuidado diurno a un costo asequible y a distancia razonable, para niños y niñas de edad preescolar en los lugares de empleo de patronos elegibles que cuenten con más de 150 personas empleadas a tiempo completo.
Radicada01/23/2023
Autor(es): Jesús Santa Rodríguez, Sol Y. Higgins Cuadrado, Rafael Hernández Montañez
Título: Para promulgar la "Ley para Retornar y Retener los Jóvenes Médicos de Puerto Rico", a los fines de mantener y retornar a Puerto Rico su clase médica; enmendar el sub-inciso (37) del inciso (a) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de aumentar la edad para obtener una exención del ingreso bruto de ingresos derivados por salarios, servicios prestados y trabajo por cuenta propia a los médicos residentes de Puerto Rico; y para otros fines relacionados
Radicada01/24/2023
Autor(es): Deborah Soto Arroyo
Co-Autor(es): Joel Sánchez Ayala, Jocelyne M. Rodríguez Negrón
Título: Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 40-1993, según enmendada, conocida como “Ley para Reglamentar la Práctica de Fumar en Determinados Lugares Públicos y Privados”, a los fines de establecer nuevas disposiciones aplicables a los planteles de enseñanza y las instalaciones recreativas públicas y privadas; y para otros fines relacionados.
Radicada01/24/2023
Autor(es): José B. Márquez Reyes, Mariana Nogales Molinelli, Sol Y. Higgins Cuadrado
Por Petición: Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico
Título: Para enmendar el Artículo 22 de la Ley 139-2008, conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica”, según enmendada, los Artículos 31.031, 31.032 y 41.020 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico” y los Artículos 18.050 y 18.060 de la Ley 194-2011, conocida como “Código de Seguros de Salud de Puerto Rico” a los fines de ordenar la expedición a médicos de licencias provisionales para el ejercicio de la medicina en Puerto Rico en un término de diez (10) días desde que cumplan con los requisitos fijados en ley, ordenar a las organizaciones de seguros de salud a reconocer las licencias provisionales para efectos de evaluar la solicitud de un médico para convertirse en proveedor y evaluar las solicitudes de proveedor en un término de treinta (30) días, eliminar la facultad de las organizaciones de seguros de salud de rechazar a un proveedor que cumpla con las normas de credenciales e imponer criterios adicionales para la selección de proveedores que están debidamente acreditados y licenciados por el Estado para ofrecer servicios de salud y ordenar al Sindicato de Aseguradores para la Suscripción Conjunta de Responsabilidad Médico Hospitalaria (SIMED) a reconocer la licencia provisional para efectos de la evaluación de solicitudes de seguros de responsabilidad médico hospitalaria, con el propósito de eliminar trabas administrativas y burocráticas que dificultan que nuevos médicos estén debidamente autorizados para ejercer su profesión y ser proveedores de salud en Puerto Rico.
Radicada01/31/2023
Autor(es): Domingo J. Torres García
Título: Para enmendar el Artículo 1.03 de la Ley Núm. 247-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Farmacia de Puerto Rico”, a los fines de enmendar la definición de farmacia, para reiterar y reconocer que las mismas constituyen facilidades de salud dentro del componente estructural, licenciadas y operadas bajo los parámetros de esta ley y reglamentos.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
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