Radicada01/08/2025
Autor(es): Ángel Toledo López
Título: Para establecer la Administración para el Mejoramiento de la Infraestructura de las Escuelas Públicas; establecer la Politica Pública del Gobierno de Puerto Rico con respecto al área de mejoras a la infraestructura de las escuelas del Sistema de Educación Pública; proveer a la Administración autonomia fiscal y administrativa; excluir a la Administración de la aplicación de la Ley 73-201.9, según enmendada, conocida como "Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019"; establecer los derechos y obligaciones de los estudiantes y la comunidad escolar frente a la conservación de los centros de enseñanza pública; definir las funciones del Secretario de Educación y del Administrador y del personal adscrito a la Adminisfración; autorizar al Administrador a formular e implantar reglamentos para el gobierno de la Administración; establecer los deberes y responsabilidades de Ia Administración; eximir a la Administración de ciertas leyes; derogar la Resolución Conjunta Nrim. 3 de 28 de agosto de 1990, según enmendada; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2025
Autor(es): Ángel Toledo López
Co-Autor(es): Héctor G. González López, Jamie Barlucea Rodríguez, Wilmer Reyes Berríos, Jeison Rosa Ramos, Rafael Santos Ortiz
Título: Para enmendar el Articulo 8.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de disponer que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares, deberán incluir la instalación de plantas de emergencia o cualesquiera otros dispositivos alternos para la generación de energia renovable y cisternas u otros sistemas de captación de agua, de manera que no se vean interrumpidas las labores escolares en aquellas ocasiones donde falle el suplido normal de cualquiera de estos dos recursos; derogar la Ley 96- 2005, conocida como "Ley sobre Equipos de Emergencia en los Planteles Escolares"; y la Res. Conj. 75-2018; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2025
Autor(es): Ángel Toledo López
Co-Autor(es): Karen M. Román Rodríguez, Wilmer Reyes Berríos, Héctor G. González López
Título: Para enmendar las secciones 1033.15 y 1081.05 de la Ley 1-2011, segnn enmendada, conocida como "Código de Rentas Intemas Para un Nuevo Puerto Rico", a fin de aumentar de quinientos ($500.00) a dos mil quinientos ($2,500.00) dólares, la cantidad máxima permitida a un individuo como deducción por concepto de aportaciones en efectivo a una cuenta de ahorro para la educación de sus hiios o parientes hasta ei tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2025
Autor(es): Ángel Toledo López
Co-Autor(es): Luis D. Colón La Santa, Jamie Barlucea Rodríguez, Jeison Rosa Ramos, Brenda Pérez Soto, Wilmer Reyes Berríos, Rafael Santos Ortiz, Karen M. Román Rodríguez, Héctor G. González López
Título: Para enmendar los articulos 4 y 8 de la Ley 117-2001, conocida como "Ley de Garantía de Préstamos y Préstamos Agricolas", a los fines de disponer para que el Departamento de Agricultura y el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, en estrecha colaboración, establezcan un proceso expedito para que los agricultores que presenten una solicitud para una Garantia de Préstamo y Préstamo Agricola, conforme a lo establecido en esta Ley, sean atendidos con prioridad en la concesión de permisos, licencias y certificaciones gubernamentales requeridas; flexibilizar o liberar los requisitos de financiamiento a los agricultores solicitantes, sin necesidad de que el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico imponga cuotas para prestamos y el establecimiento de requisitos menores en los colaterales de los mismos; y para otros fines relacionados.
Radicada01/08/2025
Autor(es): Ángel Toledo López
Título: Para enmendar ios articulos 18 y 19, suprimir el Articulo 26, y reenumerar los actuaies articulos 27,28 y 29, como los articulos 26, 27 y 28, respectivamente, de la Ley Núm. 134 de 30 junio de 1977, según enmendada, conocida como "Ley del Procurador del Ciudadano (Ombudsman)", a los fines de ampliar los poderes que ostenta dicho funcionario para poner en vigor las disposiciones de esta Ley; concederle la facultad para investigar, instrumentar y procesar las infracciones a las mismas y para que pueda representar en los tribunales de justicia de Puerto Rico a los ciudadanos perjudicados por las violaciones a éstas; crear un Fondo Especial bajo la responsabilidad del Ombudsman, el cual podrá ser utilizado para facilitar la prestación de servicios a la población que atiende; proveer para la promulgación de aquellas reglas y reglamentos, cartas circulares o determinaciones administrativas que sean necesarias para poner en vigor lo aqui dispuesto; y, para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley
Ley
Aprobado por el Senado
Aprobado por la Cámara
Enviado al Gobernador
Ley