Radicada02/10/2026
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: Para establecer una tarifa supletoria aplicable al pago de boletos de estacionamiento en instituciones hospitalarias para acompañantes de pacientes con hospitalización prolongada; definir hospitalización prolongada como estancias de siete (7) días consecutivos o más; ordenar al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) la supervisión y regulación de su implementación; y para otros fines relacionados.
Radicada02/10/2026
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Título: Para derogar la Ley Núm. 90 de 29 de julio de 2011, conocida como la “Ley para la Creación de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor”; transferir sus funciones, poderes, personal, presupuesto y recursos al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO); disponer la transición completa para el 30 de junio de 2026; y para otros fines relacionados.
Radicada02/10/2026
Autor(es): Roxanna I. Soto Aguilú
Co-Autor(es): Ada Álvarez Conde
Título: Para crear el Programa "El Armario de la Niñez" en el Departamento de la Familia; disponer la recolección anual de vestimenta para niños y niñas de 0 a 18 años en las oficinas regionales y centrales del Departamento, coincidiendo con el Día del Niño en Puerto Rico; fomentar la distribución gratuita de estos donativos a los albergues de menores y en casos de remociones de emergencia; y para otros fines relacionados.
Radicada02/10/2026
Autor(es): Héctor J. Sánchez Álvarez
Título: Para crear la “Ley de la Corporación de Comedores Escolares”, cuya misión principal será establecer una operación integral y efectiva, respecto a procesos, productos y servicios e implantar un programa agresivo que planifique, organice y dirija las operaciones de los comedores escolares participantes, incluyendo escuelas públicas, privadas e instituciones sin fines de lucro; derogar la Ley Núm. 328 de 15 de abril de 1946, según enmendada, mediante la cual se creó la División de Comedores Escolares del Departamento de Educación de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Radicada02/13/2026
Autor(es): Gregorio Matías Rosario
Título: Para adicionar un inciso (14) a la Sección 15, y enmendar la Sección 19 del Artículo VI, de la Ley Núm. 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, (“ASES”)”, a fin de establecer el derecho del beneficiario de la cubierta de los planes de salud contratados al amparo de dicha ley de adquirir los medicamentos que le hayan sido prescritos por un médico mientras estuvo hospitalizado o en sala de emergencia para que, una vez dado de alta, pueda acudir directamente a una farmacia sin necesidad de una orden, referido o post autorización del médico primario; y establecer que el concepto de necesidad médica en la Ley Núm. 72, supra, incluye considerar esa prescripción como parte del tratamiento que el paciente recibió en la institución, con el propósito de evitar que retrocedan los avances del tratamiento ofrecido por aguardar el reexamen del médico primario.
Aprobado por el Senado
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