Radicada05/19/2025
Autor(es): Lilibeth Rosas Vargas
Título: Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia, usufructo, arrendamiento por el valor nominal de un dólar ($1.00) o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha ley a la corporación doméstica, Voluntarios Ex Residentes y Residentes Castillo Corp., entidad sin fines de lucro, de la titularidad de las instalaciones de la otrora escuela de nivel elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez, con el propósito de establecer en dicha instalación un proyecto de desarrollo holístico e integral para la comunidad que garantice la prestación de programas de bienestar social y desarrollo económico y comunitario.
Radicada05/22/2025
Autor(es): Joe Colón Rodríguez
Título: Para designar con el nombre de Manuel López Vargas, la cancha de la Escuela Bernardo González, ubicado en el Municipio de Utuado.
Radicada05/28/2025
Autor(es): Wilson J. Román López, Carlos J. Méndez Núñez
Co-Autor(es): José E. Torres Zamora
Título: Para designar el tramo de la Calle Progreso en la Carretera PR-111R que discurre por el Municipio de Aguadilla con el nombre de "Avenida Israel Roldán González", en honor a su labor y contribución como destacado líder deportivo, escritor y abogado aguadillano; y para otros fines relacionados.
Radicada05/29/2025
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez
Título: Para denominar con el nombre del "Coronel Héctor E. Agosto Rodríguez" el edificio de la Comandancia de la Región de Ponce de la Policía de Puerto Rico, ubicado en el Municipio de Ponce, en un reconocimiento póstumo a su respetada trayectoria como servidor público; y para otros fines relacionados.
Radicada06/02/2025
Autor(es): Edgardo Feliciano Sánchez
Título: Para decretar una amnistía general de ciento ochenta (180) días a partir de la vigencia de esta Resolución Conjunta, para que cualquier persona que ejerza la profesión de barbero o estilista en barbería en Puerto Rico, que no haya obtenido una licencia para ejercer como tales y colegiación compulsoria según lo establecido mediante la Ley Núm. 146 de 27 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta Examinadora de Barberos y Estilistas en Barbería”, y que cumpla con los requisitos aquí dispuestos, pueda colegiarse y obtener su licencia al costo correspondiente ante el Departamento de Estado de Puerto Rico, sin penalidad alguna por el tiempo que ejercieron la profesión sin colegiación y licencia requerida por ley; y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Resolución Conjunta