Radicada04/18/2023
Autor(es): Jocelyne M. Rodríguez Negrón
Título: Para enmendar el Artículo 4 de la Ley 20-2001, según enmendada, conocida como la “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres”, en aras de incluir a la Cámara de Representantes como el cuerpo legislativo capaz de otorgar consejo y consentimiento para el nombramiento de la Oficina de la Procuradora de la Mujer, el cual tiene un término de 10 años.
Radicada06/06/2023
Autor(es): José M. Varela Fernández, Jocelyne M. Rodríguez Negrón
Título: Para enmendar el Artículo 2.6 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”; y el Artículo 8 de la Ley 284-1999, según enmendada, conocida como la “Ley Contra el Acecho en Puerto Rico”, en aras de incluir el deber del peticionado residente o no residente o el que se mude a otra jurisdicción mientras la orden de protección esté vigente, a notificar siempre su llegada a Puerto Rico al Cuartel del Negociado de la Policía de Puerto Rico que ubica en las instalaciones de los aeropuertos o cuarteles de la Policía de Puerto Rico más cercanos a estos o a través del portal electrónico del Negociado de la Policía de Puerto Rico donde podrá ingresar los datos en un término no mayor de dos (2) horas e imponer pena menos grave el no notificar; notificación del Negociado de la Policía de Puerto Rico a la víctima y la creación de un plan de seguridad para su protección; y para otros fines relacionados.
Radicada10/19/2023
Autor(es): Jocelyne M. Rodríguez Negrón
Co-Autor(es): Gretchen M. Hau
Título: Para establecer la “Ley para Reconocer los Albergues de Víctimas de Violencia Doméstica como Servicio Esencial en Situaciones de Emergencia”, a los fines de reconocer los servicios que brindan los albergues de víctimas de violencia doméstica como uno esencial para la preparación, respuesta y recuperación de situaciones de emergencia y así garantizar los servicios ofrecidos en albergues de víctima de violencia doméstica y para otros fines relacionados.
Radicada04/04/2024
Autor(es): Jesús M. Ortiz González
Título: Para enmendar el Artículo 3.6 de la Ley Núm. 54 del 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” para establecer que solo estará disponible el desvío del procedimiento ahí estatuido en los casos donde se haga una alegación de culpabilidad y que el término mínimo del programa será de dos (2) años; y para enmendar los Artículo 10 de la Ley 449-2000, según enmendada, conocida como “Ley para Crear la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras” para establecer que los informes de la Junta serán remitidos también a la Asamblea Legislativa y garantizar el funcionamiento y efectividad de los programas de desvíos dirigidos a personas agresoras en casos de violencia doméstica en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Radicada04/09/2024
Autor(es): Jocelyne M. Rodríguez Negrón
Título: Para enmendar el Artículo 308 de la Ley 146-2012, según enmendada y enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974, según enmendada, a los fines de reafirmar que las personas convictas por los delitos de agresión sexual en todas sus modalidades, agresión sexual conyugal, actos lascivos, violación, sodomía, incesto, secuestro, secuestro agravado y pornografía infantil, incluyendo sus tentativas, no podrán beneficiarse del privilegio de libertad bajo palabra, indistintamente de la fecha de la comisión del acto delictivo ni el código penal o la ley especial utilizada para dictar sentencia; aclarar que la Ley 85-2022 no aplicará retroactivamente a las personas convictas por estas actuaciones delictivas; disponer que el referido estatuto no surtirá efecto en el cálculo de su sentencia; y para otros fines relacionados.
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley