Radicada09/29/2026
Autor(es): Fernando Sanabria Colón
Título: Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra”, a los fines de prohibir la concesión del beneficio de libertad bajo palabra a los adultos que hayan sido declarados convictos de asesinato en primer o segundo grado, o de su tentativa; modificar el término de elegibilidad aplicable a los menores de edad; y para otros fines relacionados.
Radicada09/30/2026
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez
Por Petición:
Título: Para añadir los nuevos incisos (bb), (cc), (dd) y (ee) al Artículo 3; añadir un nuevo Artículo 5- A, renumerar el actual Artículo 5-A como Artículo 5-B, enmendar los Artículos 9 y 11 de la Ley Núm. 173 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de la Junta Examinadora de Ingenieros, Arquitectos, Agrimensores y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico”; a fin de establecer todo lo relacionado respecto a los exámenes profesionales y fundamentales, estatal y nacional; disponer un método alterno de cualificación para la obtención de la licencia a los agrimensores en Puerto Rico; disponer deberes y responsabilidades de la Junta Examinadora de Ingenieros y Agrimensores; establecer cláusula transitoria; y para otros fines relacionados.
Radicada09/30/2026
Autor(es): Carlos J. Méndez Núñez
Por Petición: Omar Abdel Hadi Fernández
Título: Para enmendar los Artículos 62 y 63, el inciso (d) del Artículo 155, los Artículos 175, 176 y 188, el inciso (c) del Artículo 189, los Artículos 191, 194, 200, 202 y 497, el inciso (d) del Artículo 558, el Artículo 560, el inciso (d) del Artículo 679, el inciso (i) del Artículo 1157, los Artículos 1171, 1172 y 1318, eliminar el inciso (c) y redesignar los incisos (d) al (f), respectivamente, como incisos (c) al (e) del Artículo 1320, enmendar los Artículos 1552, 1558, 1607, el Título III del Libro Sexto, los Artículos 1621 y 1622, eliminar el inciso (b) y redesignar los incisos (c) al (d), respectivamente, como incisos (b) a (c) del Artículo 1744, enmendar los Artículos 1784, 1787, 1788, 1789, 1790, 1791, 1792 y 1793 y el inciso (a) del Artículo 1798; derogar los Artículos 1623 al 1638 y renumerar los actuales Artículos 1639 al 1820, respectivamente, como los Artículos 1623 al 1804 de la Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a fin de eliminar el sistema de legítimas vigente en Puerto Rico y reconocer la plena libertad testamentaria, al permitir que toda persona con capacidad para testar pueda disponer libremente, mediante testamento, de la totalidad de sus bienes transmisibles por causa de muerte.
Radicada09/30/2026
Autor(es): Pedro J. Santiago Guzmán
Título: Para crear la “Ley de Continuidad Interagencial de Servicios para Menores”; enmendar el Artículo 5 de la Ley 57-2023, según enmendada, conocida como la “Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores”; y enmendar el Artículo 1.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; a los fines de establecer mecanismos de alerta, verificación, seguimiento y escalamiento interagencial cuando un menor sujeto a asistencia escolar obligatoria pierda continuidad educativa y concurran circunstancias que requieran la intervención del Departamento de Educación y del Departamento de la Familia; establecer el Sistema Interagencial de Alerta y Continuidad de Servicios para Menores; fortalecer la comunicación y coordinación existente entre ambas agencias; disponer para la verificación de continuidad educativa; establecer mecanismos de trazabilidad y supervisión; proteger la confidencialidad de la información; disponer para la adopción de reglamentación y acuerdos interagenciales; y para otros fines relacionados.
Radicada10/01/2026
Autor(es): Ángel Morey Noble
Co-Autor(es): Wilson J. Román López, Odalys González González, Carmen Medina Calderón, Carlos J. Méndez Núñez, Axel Roque Gracia, Elinette González Aguayo, Joel Franqui Atiles, María de Lourdes Ramos Rivera
Título: Para crear la "Ley de Verificación Legislativa de Contratos Gubernamentales de Gran Cuantía de Puerto Rico"; establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico de que todo contrato o acuerdo mediante el cual una entidad gubernamental comprometa fondos públicos con una entidad privada, por una cuantía de quinientos millones de dólares ($500,000,000) o más, calculada según se dispone en esta Ley, requiera el visto bueno de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico como condición previa a su firma o vigencia; disponer que dicho visto bueno se otorgue mediante un proceso de verificación posterior a la negociación, y no de renegociación, a cargo de la Asamblea Legislativa; crear la Comisión Especial Conjunta de Verificación de Contratos Gubernamentales; establecer los términos, el procedimiento, las certificaciones requeridas, un procedimiento abreviado aplicable durante emergencias declaradas, la regla de aprobación tácita por silencio administrativo, las consecuencias de nulidad y para otros fines relacionados.
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley
Aprobado por la Cámara
Aprobado por el Senado
Enviado al Gobernador
Ley